Pensiones
¿Qué ocurre si un mes no cobro la pensión?
La Seguridad Social abona las pensiones contributivas a mes vencido, entre el día 1 y el 4 de cada mes
Más de nueve millones de personas en nuestro país reciben una pensión contributiva por parte de la Seguridad Social. Estas prestaciones económicas pueden ser de duración indefinida o no y, por norma general, su concesión está supeditada a que "el beneficiario haya tenido una relación jurídica previa con la Seguridad Social", siempre y cuando haya cumplido con los requisitos exigidos, tal y como explican desde la página web de La Moncloa.
Las pensiones de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social se abonan en 14 pagas. Doce de ellas se reparten equitativamente por cada uno de los meses del año, mientras que las dos restantes, más conocidas como pagas extraordinarias, se ingresan en los meses de junio y noviembre junto a la nómina de la pensión que corresponda esos meses.
La Seguridad Social abona estas pensiones a mes vencido, entre el día 1 y el 4 de cada mes. Concretamente la norma establece que será el primer día hábil del mes en el que se realiza el pago y siempre antes del cuarto día natural del mismo. No obstante, la fecha del ingreso de este importe puede variar en función del banco del beneficiario. Lo más habitual es que entre el 22 y el 26 de cada mes los pensionistas reciban en su cuenta corriente el importe de su pensión. Pero, ¿qué ocurre si pasado el periodo mencionado el pensionista no ha cobrado esta prestación económica?
Lo primero que deberá hacer el pensionista será comunicarle a la Seguridad Social lo ocurrido. Puede ponerse con contacto con este organismo por tres vías: a través de la sede electrónica de Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), de forma presencial en sus oficinas o por correo ordinario.
En cualquiera de los tres casos se tendrá que rellenar un formulario de quejas en el que se recogerán las manifestaciones de insatisfacción con los servicios prestados por la Administración de la Seguridad Social. Recibido el formulario, la unidad responsable correspondiente deberá responder al ciudadano en un plazo máximo de 20 días hábiles e ingresar de nuevo la pensión.
Si pasado este plazo no se hubiera obtenido ninguna respuesta, el interesado se podrá dirigir a la Inspección General de Servicios del organismo donde presentó la sugerencia o queja para conocer los motivos que han originado la falta de contestación y para que dicha inspección proponga, en su caso, a los órganos competentes, la adopción de las medidas oportunas.
Motivos para no cobrar la pensión
No cobrar la pensión puede deberse a un fallo, sin embargo, pueden existir otros motivos para no haber percibido esta prestación económica como que se haya producido un fallo en la documentación entregada o cambios en la situación del pensionista. En el primer caso, el beneficiario de esta pensión deberá asegurarse de que todos los documentos entregados estén actualizados, ya que sino, podrá dejar de recibirla. Además, todos los beneficiarios de la pensión deben notificar los cambios que se produzcan en su situación personal para que el organismo esté al corriente de ello y pueda seguir cobrando esta prestación.
✕
Accede a tu cuenta para comentar