Seguros

¿Ha sufrido daños por un incendio forestal? Así es como puede reclamarlos

El fuego propagado sin control pone en peligro a los ciudadanos y sus bienes, además de dejar tras de sí miles de hectáreas carbonizadas

Incendio Tenerife
Incendio TenerifeAPAgencia AP

Las altas temperaturas y las olas de calor han provocado que un verano más el fuego se haya propagado sin control por diferentes terrenos forestales en nuestro país, poniendo en peligro a los ciudadanos y sus bienes, además de dejar tras de sí miles de hectáreas carbonizadas. Los incendios forestales producen graves consecuencias económicas al dejar casas consumidas, coches irreconocibles o incluso llegan a destruir cultivos, lo que conlleva la pérdida de ingresos para los trabajadores agrícolas. Pero, ¿qué podemos hacer si hemos sido víctimas de un fuego que avanza descontrolado?

Aquella persona que haya sufrido daños en su casa, vehículo, finca o, en definitiva, su propiedad, a causa de un incendio, pero cuente con un seguro que ofrezca cobertura para este incidente, será la aseguradora la responsable de que esta persona sea indemnizada por los daños sufridos. Lo primero será dar parte a la aseguradora y esta remitirá un perito, que será encargado de valorar los daños y realizar un informe pericial. Tras ello, se pagará la indemnización que corresponda al asegurado.

En el caso de que el incendio haya sido provocado intencionadamente por una persona y se la localiza, se le podrán reclamar los daños causados, siempre que sea solvente; y en el caso de ser menor, sus progenitores serían los responsables. No obstante, "es muy posible que no tenga solvencia suficiente para hacer frente a estos, aunque haya sido condenado", explican desde la asesoría jurídica Legálitas. Además señalan que no solo tendrán que responder de todos los daños causados, sino que el responsable del incendio también se enfrentará a una condena penal.

Pero, ¿qué ocurre si no se tiene una póliza con cobertura de incendios? "Nadie cubrirá ni se hará carga de los daños sufridos salvo que el Gobierno por Real Decreto acuerde algún tipo de ayuda", explica la asesoría jurídica. No obstante, la Ley hipotecaria obliga a todo aquel que tiene una hipoteca a tener un seguro al menos de incendio, cuyo valor debe ser de continente –no de contenido–.

Consorcio de Comprensación de Seguros

El Consorcio de Compensación de Seguros no cubre el incendio forestal, al no contemplarlo como riesgo extraordinario. En este sentido, el artículo 1 del Reglamento de Riesgos Extraordinarios 300/2004 de 20 de febrero hace una relación de lo que se considera riesgo catastrófico:

  • Los terremotos, maremotos, inundaciones extraordinarias, las erupciones volcánicas, la tempestad ciclónica atípica y las caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
  • Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.
  • Los hechos o actuaciones de las Fuerzas armadas y Cuerpos de Seguridad en tiempos de paz.

Sin embargo, sí cubrirá las indemnizaciones cuando se producen lesiones a las personas que participan en las tareas de extinción –ya sean heridos o fallecidos–, según recoge el artículo 49 de la Ley de Montes.