Coronavirus

Endurecer el estado de alarma

Moncloa trabaja en nuevas restricciones y los ministerioes delimitan las «actividades esenciales» en el sector productivo y en la movilidad que deberán permanecer operativas

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Control de la Policía Nacional para evitar salidas durante el estado de alarmalarazonPOLICÍA NACIONAL

El Consejo de Ministros aprobó ayer la prórroga del estado de alarma, una excepcionalidad que se seguirá modulando en función de la evolución del coronavirus en España. El Gobierno había rechazado hasta ahora el agravamiento de las medidas restrictivas, manteniendo que España era el país que ha adoptado las más severas de los países de su entorno y cerrando así de facto la puerta al cese de la actividad productiva o al confinamiento total de algunas regiones. Sin embargo, ante la fase decisiva a la que nos enfrentaremos en los próximos días y con «el objetivo de garantizar ese empujón que necesitamos», el Gobierno trabaja ya en el agravamiento de las restricciones. Lo deslizó el director del Centro de Coordinación de Emergencias Sanitarias del Ministerio, Fernando Simón, asegurando que «estaba sobre la mesa» de Moncloa la modificación de las mismas y lo confirmó posteriormente la portavoz del Gobierno, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Sin llegar a especificar en qué consistirían las mismas, María Jesús Montero, aseguró que «todos los ministerios están trabajando anticipadamente» y «en diferentes áreas» para que, en el momento en que los expertos o las autoridades sanitarias lo consideren oportuno, «esté todo previsto». «Los ministerios estamos a disposición de Sanidad porque la emergencia sanitaria es la prioridad. Cada uno trabaja en todos los escenarios posibles para que, en función de la evolución y si se requieren medidas adicionales, se puedan aplicar en el minuto cero», señaló. En este sentido, Montero volvió a incidir en que tienen que ser los expertos quienes trasladen al Gobierno las medidas a tomar y que desde el Gabinete «actuaremos en consecuencia». «Para que en el momento que se diga que esto es lo necesario, el Gobierno no pierda el tiempo en poner en marcha las medidas que hagan falta con toda contundencia».

Según ha podido saber LA RAZÓN, el nuevo plan de restricciones que prepara el Gobierno se ha hecho extensible a todos los ministerios con competencias en el sector productivo y en la movilidad. Industria trabaja ya en un borrador para delimitar las «actividades esenciales o de especial consideración» que deberían mantenerse operativas con el endurecimiento de las condiciones de confinamiento del estado de alarma. Según fuentes de Industria, se habrían establecido tres sectores estratégicos que podrán mantener su actividad: el agropecuario, la pesca y las empresas auxiliares primarias adscritas al sector; el farmacéutico, químico y los fabricantes de equipos médicos y sanitarios; y el textil, que debe haber reorientado su producción a la fabricación al material de protección sanitaria. El resto de la industria tendrá que echar el cierre. El Gobierno podrá modificar esta orden en beneficio del interés general.

Por otra parte, en previsión de que el confinamiento pueda endurecerse, el Ministerio de Interior publicó ya el jueves una orden en la que detallaba qué transportes estarían autorizados a transitar por las carreteras españolas en tal caso. El documento señala que en el caso del cierre de las vías o restricción a la circulación de vehículos, quedarían exceptuados los que se destinan a la prestación de los siguientes servicios: transporte y asistencia sanitaria, pública o privada; los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Protección Civil, salvamento y extinción de incendios; los que lleven a personal de mantenimiento o técnicos de reparación de instalaciones o equipamientos sanitarios; los de distribución de medicamentos y material sanitario; los destinados a la distribución de alimentos; los de las Fuerzas Armadas; los de auxilio en carretera; los de conservación y mantenimiento de carreteras; los de recogida de basuras; el transporte de materiales fundentes (para soldaduras); los de combustible; los de producción, comercialización, transformación y distribución de productos agrícolas, ganaderos y pesqueros; el transporte de mercancías perecederas; los de fabricación y distribución de productos de limpieza e higiene; los de la sociedad estatal de Correos; los fúnebres y los utilizados por las empresas de seguridad privada.