Arnaldo Otegi
Otegi y el resto de los acusados en el caso Bateragune recurrirán al TC para no repetir el juicio
El abogado de los cinco acusados, Iñigo Iruin, ha anunciado que pedirán que el nuevo juicio no se celebre hasta que se resuelva su solicitud de amparo
El abogado Iñigo Iruin ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Constitucionalla sentencia del Supremo que ordenó la celebración de una nueva vista por el caso Bateragune y que también pedirá al TC que este nuevo juicio no tenga lugar hasta que se resuelva su solicitud de amparo.
Iruin ha comparecido este lunes en una rueda de prensa telemática, junto a los cinco condenados en el caso Bateragune, Arnaldo Otegi, Arkaitz Rodríguez, Rafa Díez Usabiaga, Miren Zabaleta y Sonia Jacinto, para hacer una lectura jurídica sobre la decisión del Tribunal Supremo (TS) de celebrar un nuevo juicio en su contra en una sentencia que el letrado ha considerado de “escasa calidad jurídica”.
Una resolución con un “planteamiento ultraformalista”, según este abogado, en la que ha constatado la “dificultad” de sostener con “argumentos sólidos” una “decisión indefendible”, donde “sólo importa el fallo: que se haga el nuevo juicio”, sin tener en cuenta que la repetición de la vista “sólo” podría hacerse a petición de los demandantes, algo que, como ha explicado Iruin, sus clientes no han hecho.
El Supremo consideró obligado el pasado lunes celebrar un nueva vista, porque entiende que las defensas y acusaciones tienen derecho a una resolución sobre el fondo del asunto, ya que la nulidad de la primera vista ordenada por Estrasburgo no es sinónimo de absolución.
Otegi y el exdirigente de LAB Rafael Díez Usabiaga fueron condenados por la Audiencia Nacional a 10 años de prisión por pertenencia o integración en organización terrorista y otros tantos de inhabilitación, mientras que al resto les impuso 8 años de cárcel.
Al revisar la sentencia, el Supremo rebajó las penas a entre 6 y 6 años y medio, un fallo que más tarde avaló el Tribunal Constitucional; no así el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que en noviembre de 2018 acabó dando la razón a los condenados al considerar vulnerado su derecho a un juez imparcial, debido a un comentario que hizo en el juicio la presidenta del tribunal.
En la rueda de prensa telemática que ha ofrecido hoy desde la sede de EH Bildu de San Sebastián, Iñigo Iruin ha hecho una lectura extremadamente técnica y de gran complejidad jurídica de todo este procedimiento judicial, al tiempo que ha anunciado que, sin perjuicio de otras iniciativas futuras, la respuesta “inmediata” de la defensa será “doble”.
En primer lugar, mediante un recurso de amparo por “vulneración de la tutela judicial efectiva” ante el TC, al tratarse de una “causa juzgada”; con la consiguiente petición de que el nuevo juicio no tenga lugar hasta que el Constitucional se pronuncie.
El abogado ha dicho además no tener “ninguna duda” de que su recurso será admitido a trámite por su “especial trascendencia constitucional”, ya que tiene previsto plantear “una faceta del derecho” sobre la que el TC “nunca se ha pronunciado”. Ha avanzado además que, de no obtener una respuesta favorable, acudirá posteriormente al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.
En segundo lugar, Iruin ha anunciado que también planteará el asunto ante el Comité de Ministros del Consejo de Europa que se encarga de la supervisión de la ejecución de las sentencias del Tribunal de Estrasburgo, a pesar de ser “consciente” de la “naturaleza política” de este órgano.
“El Tribunal Supremo ha llevado el proceso de Bateragune a una situación sin salida, de no ser al precio de una nueva vulneración de los derechos de los acusados”, ha añadido, al tiempo que ha opinado que “con la repetición del juicio se pretende un nuevo cuestionamiento de su presunción de inocencia, al que las acusaciones no tienen derecho”.
Tras criticar al TS por “no respetar” las decisiones de Estrasburgo, ha dicho que su Sala Segunda, encargada del caso Bateragune, “no tolera que un tribunal europeo le enmiende la plana” pero “mucho menos” que los cinco acusados en este asunto “les hayan obligado a tener que reconocer y declarar de manera formal en una sentencia” que la resolución en la que fueron condenados era “nula” y “vulneró un derecho fundamental”
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