Indicios suficientes

La Audiencia sienta en el banquillo a “Josu Ternera” por el atentado contra la casa cuartel de Zaragoza

Abre juicio oral contra el ex jefe de ETA y rechaza el recurso de su defensa, que pidió el archivo de la investigación

"Josu Ternera", en la imagen en una de sus comparecencias ante los tribunales franceses, está reclamado por España
"Josu Ternera", en la imagen en una de sus comparecencias ante los tribunales franceses, está reclamado por EspañaJulien de RosaAgencia EFE

La Audiencia Nacional juzgará a José Antonio Urrutikoetxea, “Josu Ternera”, por el atentado contra la casa cuartel de Zaragoza en 1987 en el que fueron asesinadas once personas, entre ellas seis niños. Para el tribunal, los hechos que se le imputan en el auto de procesamiento -que fue él quien dio la orden de atentar, dado que en esas fechas formaba parte de la dirección de ETA- si resultan probados en la vista oral serían “posiblemente constitutivos de delito”

En una resolución de la sección segunda de la Sala de lo Penal al que ha tenido acceso LA RAZÓN, los magistrados se niegan así a archivar la causa, como pidió la defensa del ex jefe de ETA, al advertir indicios suficientes para sentarle en el banquillo, lo que reclamaron tanto la Fiscalía como el resto de las acusaciones: la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC) y la representación de varias víctimas.

El abogado del ex jefe terrorista pidió a la Audiencia el archivo de la investigación o, en su defecto, que se revocase el auto de conclusión del sumario para tomar declaración a los históricos ex dirigentes de la banda terrorista Francisco Múgica Garmendia, “Pakito”, y Elena Beloki y al ex integrante del “comando Argala” Henri Parot, entre otros. Con esas testificales pretendía acreditar que “Josu Ternera” no pertenecía en las fechas del atentado al comité ejecutivo de ETA, como sostiene la Guardia Civil.

Sin embargo, el tribunal, presidido por el magistrado José Antonio Mora, deniega llevar a cabo esas diligencias porque no es en esta fase procesal, recalca, cuando procede llevar a cabo “aquello que no se haya planteado durante la fase de instrucción o que siendo rechazado ha podido ser objeto de recurso”. Y es que para la Audiencia el propósito de “Josu Ternera” era “replantear cuestiones resueltas en el auto de procesamiento”, en el que se le imputa una participación “jurídicamente relevante” en hechos “indiscutiblemente delictivos”, por los que ya han sido condenadas otras personas.

De hecho, la Sala replica a la defensa del ex jefe de ETA que la Sala de lo Penal ya confirmó su procesamiento por estos hechos y ya dio respuesta a sus argumentos en contra de “la fortaleza de los indicios en que se sustenta el procesamiento”, lo que en su opinión es “lo que es en realidad lo que también se pretende discutir ahora, encubriéndolo en la afirmación del carácter no delictivo de los hechos que en específico se le imputan”.

Rechaza más diligencias: “No es un cajón de sastre”

En el auto en el que acuerda la medida, la Sala subraya que aunque la defensa del ex dirigente etarra sostiene que los hechos no son constitutivos de delito, lo que en realidad pretende es plantear “cuestiones que exceden a lo que tiene que ser la decisión judicial sobre la procedencia o no de la apertura de juicio oral”.

No es un cajón de sastre en el que quepa todo lo que no ha cabido o lo que no se ha obtenido en la fase anterior”, deja claro la Sala, como tampoco “un anticipo de lo que necesariamente debe ser debatido” en el juicio. Y es que, subraya, el tribunal debe “evitar el riesgo” de conocer de forma anticipada lo que solo en la vista oral debe valorarse, pues supondría “formarse opinión anticipada que pueda empañar su imparcialidad de cara al juicio”.

El abogado de “Josu Ternera”, Gonzalo Boye, esgrimió la inexistencia de indicios contra el ex dirigente etarra, que se encuentra en libertad con control telemático en Parísa la espera de que la Justicia francesa decida de forma definitiva sobre su entrega a España, donde la Audiencia Nacional le reclama por cuatro causas pendiente, una de ellas la del atentado contra la casa cuartel.

El ex jefe de ETA cuestionó la imparcialidad de la Guardia Civil

La defensa del ex dirigente etarra cuestionó el informe de la Guardia Civil de 2001 en el que se sustenta su procesamiento -dado que le señala como el terrorista que dio la orden de cometer el atentado en su calidad de miembro de la dirección del ETA en esas fechas- y puso en duda la imparcialidad del Instituto Armado al investigar unos hechos en los que las víctimas eran “miembros de dicho cuerpo policial o familiares”.

Además, hizo referencia a la sentencia por la que se condenó por el atentado al ex miembro de la dirección etarra Francisco Mujika Garmendia, “Pakito”, en la que se establece, según el abogado de “Josu Ternera”, que “fue él quien ordenó el atentado”.

La acusación que ejerce la AEGC a través del letrado Jorge Piedrafita, que también representa a dos de las víctimas, ha mostrado su satisfacción por la decisión de la Audiencia Nacional, “la culminación de un largo proceso” en el que -asegura- seguirá trabajando para que “se condene al jefe de ETA por dar la orden al comando Argala del atentado con coche-bomba que provocó la masacre”, en el que además resultaron heridas 88 personas. El abogado ha señalado que “los guardias civiles y sus familias llevan demasiado tiempo esperando, no olvidan” y sus derechos “merecen ser protegidos recibiendo justicia”.

Reclamado a Francia por cuatro causas pendientes

España le reclama por cuatro causas, pero Francia ya ha cerrado la puerta a su entrega para que sea juzgado por un delito de lesa humanidad por su supuesta responsabilidad en los crímenes cometidos por la banda terrorista cuando era uno de los jefes de ETA. Sí ha autorizado su repatriación para que sea juzgado por el atentado contra la casa cuartel y en relación a la investigación sobre la financiación de ETA a través de las “herriko tabernas” (locales sociales de la ilega‭lizada Batasuna).

Del mismo modo, ha dado el visto bueno a su extradición respecto al asesinato de un directivo de Michelín en 1980 en Vitoria (un procesamiento que anuló posteriormente el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz), aunque esa decisión está pendiente de que la ratifique la Corte de Casación francesa.