Tribunales

El exDAO Eugenio Pino, condenado a un año de prisión por el caso del pendrive de Pujol

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid obliga al exjefe de la Policía a indemnizar con 2.000 euros a Jordi Pujol Ferrusola por un delito de revelación de secretos

El exDirector Adjunto Operativo (DAO) Eugenio Pino este lunes en su declaración en la Audiencia Nacional
El exDirector Adjunto Operativo (DAO) Eugenio Pino este lunes en su declaración en la Audiencia NacionalLa Razón

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha corregido a los jueces que habían absuelto al exDirector Adjunto Operativo (DAO) de la Policía Eugenio Pino por el “caso pendrive” que analizaba si hubo delito en la forma en la que el dispositivo con información de los Pujol pasó a formar parte de una investigación. El Tribunal cree ahora que sí se produjo revelación de secretos y condena a Pino a un año de cárcel, una multa de 7.200 euros y una indemnización a Jordi Pujol Ferrusola de 2.000 euros. Consideran que Pino delinquió al facilitar al Centro Nacional de Inteligencia (CNI), a la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) y al juez de la Audiencia Nacional que inspeccionaba las cuentas de la familia catalana un pendrive de dudosa procedencia. “El poder del Estado para la persecución y enjuiciamiento de hechos ilícitos no puede valerse de atajos”, señala la sentencia.

“Desde el momento en el que el acusado no cumplió con el deber que como funcionario público tenía de impedir que el pendrive tuviera recorrido alguno, sino que por el contrario le dio curso con un uso espurio de su contenido, procedió a difundir, revelar o ceder a terceros datos y documentación perteneciente a la intimidad de Jordi Pujol Ferrusola con un evidente ánimo de perjudicarle”, dice la sentencia con fecha del pasado 13 de mayo. Que Pino pusiera en manos de la Audiencia Nacional estos datos hizo peligrar la investigación.

La Audiencia Provincial de Madrid había absuelto al comisario principal porque consideraron que el único deber de sigilo que hubiera podido infringir Pino habría sido el profesional, y no había problema en “encauzar o dirigir la información conforme a las pautas ordinarias de confidencialidad y sigilo de la actuación policial, a la unidad encargada del desarrollo de la investigación”. Pero los jueces de la instancia superior tras analizar el recurso de Pujol Ferrusola -que esgrimía que la primera sentencia dejaba “barra libre a la infracción”- discrepan de los argumentos absolutorios. La condición de policía de Pino, aclaran los togados, no exime de la responsabilidad penal en el delito de secretos.

La información que había en ese pendrive contenía datos de la intimidad personal y familiar, vida económica, etc. y se entregó a la UDEF muchos meses antes de que se pusiera en conocimiento del juez de la Audiencia Nacional que seguía las pesquisas de los Pujol. La sentencia aclara que el apoderamiento por terceros de la información de los investigados ha de ser siempre de forma lícita y con el consentimiento de la autoridad judicial. El que fuera DAO entre 2012 y hasta 2016 que se jubiló entregó el pendrive con la fórmula “a los efectos que procedan”, algo que el fallo -cuyo ponente ha sido el presidente del Tribunal Celso Rodríguez- considera que nunca debió producirse. Esto puso en riesgo el “derecho a un proceso con todas las garantías” y vulneró el derecho de Pujol Ferrusola.

“La relatada actuación del acusado, a juicio de la Sala, no solo constituye una actuación profesional incorrecta, poniendo en riesgo de contaminación una investigación judicial en curso, sino que integra el delito que se le imputa”, dicen. “El acusado, a sabiendas del contenido ilícito del pendrive, a cuyas manos había llegado, decidió darle un uso que no puede estar amparado, dado que sin alertar de dicha ilicitud de origen, ni a sus subordinados ni a la autoridad judicial o fiscal, lo introdujo oficialmente” desde la autoridad que le daba su posición de jefe de la Policía. El juez de la Audiencia Nacional, precisamente por estas dudas, descartó esta prueba en la instrucción sobre los Pujol.

Esta es la primera condena para Pino -quien recurrirá el fallo, según ha podido saber este periódico- que está procesado también en la Audiencia Nacional por el caso “Kitchen” sobre el uso de fondos reservados y de recurso del Ministerio del Interior para espiar al extesorero del PP Luis Bárcenas con fines partidistas. También aquí, y si no hay novedad, el exDAO debe sentarse en el banquillo de los acusados a la espera del escrito de la Fiscalía Anticorrupción que se pronunciará sobre los delitos y la petición de años de condena.