Sentencia

Fraude de los ERE: el Supremo confirma la prisión de Griñán y la condena a Chaves

La Sala ratifica, con dos votos en contra, la sentencia de la Audiencia de Sevilla sobre el reparto fraudulento de los fondos, pero absuelve a tres condenados y rebaja la pena a otro

El Tribunal Supremo ha ratificado, por un solo voto, la condena de seis años de prisión que impuso la Audiencia Provincial de Sevilla al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán por el fraude de los ERE y de nueve años de inhabilitación para el también ex presidente andaluz Manuel Chaves. La Sala confirma asimismo la condena a nueve años de inhabilitación a la exministra de Fomento Magdalena Álvarez, pero absuelve a otros tres condenados.

La Sala de lo Penal del alto tribunal resuelve así los recursos interpuestos contra la sentencia de los ERE de 19 de noviembre de 2019, que confirma con el voto en contra de dos magistradas, que defienden la absolución de Griñán, y otros cuatro exaltos cargos condenados (entre ellos la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo), del delito de malversación.

Tras la confirmación del Tribunal Supremo, el posible ingreso en prisión de Griñán estará a expensas -una vez se notifique la sentencia- de lo que decida el Tribunal Constitucional respecto al más que seguro recurso de amparo que interpondrá su defensa. El TC puede suspender cautelarmente la pena, hasta que resuelva ese recurso, para evitar un perjuicio irreparable en caso de que finalmente apreciara una posible vulneración de derechos fundamentales. Pero habitualmente el Constitucional no acuerda esa medida, aunque ha habido excepciones, cuando las penas de prisión son superiores a cinco años. La otra vía que puede librar al expresidente andaluz de entrar en prisión es el indulto del Gobierno, una medida de gracia que debe acordar el Consejo de Ministros a propuesta, en esta caso, de la ministra de Justicia Pilar Llop.

Tres exsecretarios de Empleo absueltos

El tribunal, presidido por el magistrado Juan Ramón Berdugo, ha adoptado la decisión por tres votos a favor (el del presidente y el de los también integrantes de la Sala Carmen Lamela y Eduardo de Porres) y dos en contra, pues las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo discrepan del fallo y redactarán un voto particular argumentando sus discrepancias jurídicas.

En una sentencia cuyo fallo adelanta ahora, dada “la relevancia pública del caso”, y que se dará a conocer más adelante, cuando esté redactado ese voto particular (el tribunal tiene de plazo hasta septiembre), el Supremo estima tres de los recursos de casación y absuelve del delito de prevaricación por el que fueron condenados a penas de inhabilitación tres exsecretarios generales de Empleo de la Junta: Javier Aguado, Juan Francisco Sánchez García, que ejerció el cargo entre 2000 y 2004, y Lourdes Medina.

Además, la Sala aplica la atenuante muy cualificada de reparación del daño al exdirector general de Trabajo Juan Márquez Contreras, y estima parcialmente su recurso, por lo que le rebaja la condena de siete a tres años de prisión y de 18 años de inhabilitación a siete años y medio. Márquez fue el sucesor de Francisco Javier Guerrero, condenado a casi ocho años de cárcel y fallecido en 2020.

Confirmadas el resto de condenas

El tribunal avanza que “se mantienen los restantes pronunciamientos de la sentencia impugnada”, entre ellos la condena de siete años de prisión al exconsejero de Empleo José Antonio Viera; de nueve años de inhabilitación al que fuera consejero de Presidencia Gaspar Zarrías; y de siete años de cárcel para el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá.

Las dos magistradas disconformes con el fallo defienden que, además de Griñán y Martínez Aguayo (condenada a seis años de cárcel), deberían ser absueltos del delito de malversación el ex director general de IDEA (la agencia heredera del Instituto de Fomento andaluz) Miguel Ángel Serrano, condenado a seis años y medio de prisión; Francisco Vallejo, exconsejero de Innovación, a quien la Audiencia de Sevilla impuso una pena de siete años de cárcel; y el exviceconsejero de este mismo departamento Jesús María Rodríguez Román, que fue condenado a seis años de prisión.

La Audiencia de Sevilla condenó a Griñán a seis años de prisión y 15 de inhabilitación absoluta por prevaricación y malversación y a nueve de inhabilitación, solo por prevaricación, a Manuel Chaves por el fraude millonario en la concesión de ayudas sociolaborales y a empresas en crisis, que se prolongó durante más de una década, entre 2000 y 2011.

Descontrol “absoluto”

La sentencia, que la Fiscalía pidió que se confirmara íntegramente, consideró acreditado que durante dos décadas los gobiernos autonómicos socialistas fueron responsables de un despilfarro de más de 680 millones de euros por el descontrol “absoluto” de los fondos destinados a los Expedientes de Regulación de Empleo.

La resolución ahora ratificada por el Supremo da por probado que siendo consejero de Economía y Hacienda, Griñán “era plenamente consciente de la palmaria ilegalidad de los actos en los que participó”, asumiendo “la eventualidad de que los fondos vinculados al programa 31L fueran objeto de disposición con fines ajenos al fin público al que estaban destinados”.

Respecto al entonces presidente andaluz, Manuel Chaves, la sentencia deja claro que “la decisión de dar estas ayudas no partía de la Consejería de Empleo, sino que era una decisión del Gobierno en su conjunto”. De ahí que el tribunal considerase “lógico” que cualquier variación en el sistema de concesión de estas ayudas, “habida cuenta que afectaba a más de una consejería, tuviera que pasar por la decisión final de su superior jerárquico, es decir, el presidente de la Junta de Andalucía”.

Griñán negó cualquier irregularidad

En la vista de los recursos, celebrada el pasado mayo en el Supremo, las defensas de Griñán y Chaves reclamaron su absolución porque, según insistieron, no dictaron ninguna resolución arbitraria. El abogado de Griñán hizo hincapié en que la sentencia que le condenó no identifica “ni una sola irregularidad” cometida por el expresidente andaluz. “No puede malversar quien no puede decidir sobre el destino de los fondos”, recalcó el letrado José María Calero, que señaló que cuando Griñán era consejero de Economía y Hacienda (entre 2004 y 2009) “jamás tuvo a su cargo” la partida de los ERE ni tampoco “la capacidad de disposición de esos fondos”. Además, descartó que cometiera malversación: “No se ha probado ningún ánimo de lucro”.

En cuanto a la defensa de Chaves, que ejerce el abogado Pablo Jiménez de Parga, negó que las resoluciones del Consejo de Gobierno de la Junta en las que participó como presidente se puedan considerar como resoluciones administrativas, y mucho menos de carácter arbitrario, lo que constituye el eje del delito de prevaricación por el que fue condenado.