Cargando...

Cumpleaños

El hijo mediano de Jesulín de Ubrique y María José Campanario cumple 18 años: así queda su protección ante la ley

Una abogada explica a LA RAZÓN hasta qué punto sería demandable la publicación de una fotografía del rostro del joven, teniendo en cuenta que ya es un adulto a todos los efectos

María José Campanario y Jesulín de Ubrique Gtres

La familia Janeiro está de celebración. Este jueves 6 de marzo, el hijo mediano, Jesús Alejandro, alcanza la mayoría de edad, un hito significativo en la vida de cualquier persona, aún más cuando se trata de un miembro de uno de los clanes más mediáticos del país. Tradicionalmente, este momento marca el fin de la protección legal de su imagen como menor, permitiendo su “despixelado” en los medios. Sin embargo, sus padres han querido preservar su privacidad y, a través de un comunicado, han advertido que emprenderán acciones legales contra quienes vulneren su derecho a la intimidad.

“Dado que el próximo jueves 6 de marzo, el hijo de María José Campanario y Jesús Janeiro, D. Alejandro Janeiro Campanario, alcanzará la mayoría de edad, es nuestro expreso deseo comunicar, en nombre de nuestros clientes, que en ningún caso será considerado un personaje público. En consecuencia, no se autoriza la captación ni la difusión de su imagen en ningún medio o plataforma. Asimismo, manifestamos que el propio interesado desea continuar en el anonimato, tal y como ha hecho hasta la fecha”, señalaron a través de su equipo legal.

Esta medida sigue la misma línea adoptada en su momento por sus hermanas mayores, Andrea y Julia Janeiro, quienes también expresaron su voluntad de mantenerse alejadas del foco mediático. No obstante, ninguna de ellas ha logrado evitar por completo la exposición de su imagen en las principales publicaciones del país.

Jesulín de Ubrique Gtres

Consultada por LA RAZÓN, la abogada María José Patrón, CEO de Patrón Abogados, analiza la validez del comunicado emitido por los padres de Jesús Alejandro y las posibles consecuencias legales para los medios que difundan imágenes del joven.

En primer lugar, la letrada subraya que, al estar a un día de alcanzar la mayoría de edad, el comunicado debió haber sido firmado por el propio interesado o, en su defecto, por sus representantes legales, y no por sus padres: “El consentimiento para la difusión de su imagen debe otorgarlo él. El comunicado tendría que haber sido emitido por el propio Jesús Alejandro, ya que es él quien, al alcanzar la mayoría de edad, adquiere plena capacidad legal para decidir sobre este asunto”.

Respecto a las implicaciones legales para los medios de comunicación que publiquen imágenes suyas, Patrón explica que la legalidad de dicha difusión dependerá de varios factores.

Si la imagen es captada en un espacio privado sin su consentimiento, su publicación podría ser ilegal, al constituir una vulneración de su derecho a la intimidad y a la propia imagen.

Por el contrario, si la fotografía se toma en un evento público o en un lugar donde no exista una expectativa razonable de privacidad, los medios podrían argumentar que no hay infracción, especialmente si se considera que el joven tiene interés público debido a su filiación. En este punto, la decisión quedaría en manos del juez, quien valoraría si la notoriedad de su padre justifica la exposición pública del hijo.

María José CampanarioGtres

Además, un elemento que podría jugar en contra de Jesús Alejandro es el hecho de que, años atrás, sus propios padres posaron con él sin pixelar en una reconocida revista del corazón. Sin embargo, como aclara María José Patrón a LA RAZÓN, “aunque en su momento se permitió la difusión de su imagen, cualquier persona tiene derecho a cambiar de opinión. El consentimiento otorgado en el pasado no es irrevocable, y ahora pueden retirarlo”.

En este caso, se enfrentan dos derechos fundamentales: el derecho a la información y el derecho a la privacidad. No obstante, si la imagen es tomada en un espacio público, “habría una mayor flexibilidad” y la balanza podría inclinarse a favor del medio de comunicación. Si Jesús Alejandro, Jesulín o María José decidieran emprender acciones legales, interpondrían una demanda por vulneración del derecho a la propia imagen, en la que, previsiblemente, reclamarían una indemnización por daños y perjuicios, cuya cuantía tendría que ser debidamente acreditada.