Medio Ambiente
Mínimos históricos de la contaminación en Madrid: ninguna estación supera los 27 microgramos de NO2
En el mismo periodo del año pasado, cinco estaciones estaban en los 30 microgramos o los superaban. Entre ellas, la de Plaza Elíptica, una de las zonas de bajas emisiones anuladas ahora por los tribunales
A fecha de 30 de septiembre de 2024, ninguna de las 24 estaciones meteorológicas de Madrid capital superaba los niveles de 27 microgramos de dióxido de nitrógeno (NO2) por metro cúbico. Un máximo localizado en la zona de Plaza Elíptica, el punto más contaminante de la ciudad.
Así lo avanzó ayer el delegado de Movilidad, Medio Ambiente y Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, Borja Carabante, a través de su perfil en la red social X. «Mínimos históricos de dióxido de nitrógeno en Madrid en septiembre. Todas las estaciones por debajo de 27 microgramos por metro cúbico», escribía, junto a dos cuadros que recogen los datos de enero a septiembre de este año, junto a los del mismo período del 2024.
Efectivamente, de acuerdo a las cifras, la comparación resulta llamativa. En lo que va de 2024, las estaciones con mayores índices de NO2, además de Plaza Elíptica, serían Villaverde y Barajas (ambas con 26); Vallecas (25); Escuelas Aguirre, Ramón y Cajal, Cuatro Caminos y Ensanche de Vallecas (todas con 24); Farolillo, Moratalaz, Barrio del Pilar y Plaza de Castilla (23), y las céntricas Plaza de España y Plaza del Carmen, estas dos últimas empatadas con 22 microgramos por metro cúbico.
Mientras, si miramos los datos pertenecientes a enero a septiembre de 2023, encontramos varias estaciones que superan o se sitúan en el umbral de 30: Plaza Elíptica; (35); Villaverde (34); Barajas (31); Escuelas Aguirre y Plaza del Carmen (ambas con 30).
Hay que recordar que el límite considerado nocivo para la salud del NO2, y establecido así por la Unión Europea, está en 40 microgramos por metro cúbico. Un valor también fijado por la Organización Mundial de la Salud (OMS). En todo caso, esos límites fueron endurecidos recientemente por la UE. En el caso del dióxido de nitrógeno, ha pasado a ser de 20, tal y como aprobó la Eurocámara este mismo año. A partir de ahí, y como explicaron desde el Parlamento Europeo, cada país miembro «dispondrá de dos años para aplicar las nuevas normas».
El concejal de Medio Ambiente terminaba su post con el hashtag #Madrid360, en referencia a la estrategia medioambiental impulsada por el Ayuntamiento de Martínez-Almeida. Una iniciativa cuestionada actualmente por los tribunales, teniendo en cuenta la reciente sentencia, por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que anulaba las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de la capital. Entre ellas, también la de Plaza Elíptica, zona que antes de entrar en vigor presentaba unos muy elevados índices de NO2. De hecho, esta zona era una de las responsables del incumplimiento sistemático, por parte de la capital, de las normativas europeas. Sin embargo, desde el veto a los coches sin etiqueta (gasolina anteriores al año 2000, diésel anteriores al 2006), la contaminación ha ido cayendo de forma drástica.
El precedente de Barcelona
Ahora, esta ZBE, como la de Centro y la que afecta a día de hoy a todos los coches sin etiqueta de los no residentes en Madrid –y a partir del 1 de enero de 2025, también a los residentes–, corren serio peligro. Desde Cibeles han presentado un recurso ante el Tribunal Supremo, convencidos de que pesarán estos buenos resultados y alegando la necesidad de mantener unas ZBE que han llevado a la capital a presentar «los mejores datos de calidad del aire de su historia». No en vano, en los dos últimos años, por primera vez en su historia, la ciudad ha cumplido con la normativa comunitaria. Pero no puede pasarse por alto un posible espaldarazo del Supremo al TSJM. A la hora de justificar su decisión, el tribunal madrileño afeaba a Cibeles la insuficiencia del informe de impacto económico que se incluyó en la tramitación de 2021. Un aspecto «que se subsanará», aseguran desde el Área de Medio Ambiente. Pero hay otro factor más difícil de corregir. Y ese es el de la «discriminación» que, en palabras del TSJM, provocan unas medidas que afectan a las personas de menor capacidad económica, «gravemente dificultadas» en sus posibilidades de acceder a nuevos vehículos. Este fue uno de los puntos aducidos por el Supremo a la hora de anular las ZBE de Barcelona a finales del año pasado y que, previamente, también habían sido cuestionadas por los tribunales catalanes: «La ordenanza incide especialmente en los titulares con menor capacidad económica para renovar su vehículo».
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