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Viajes

Estos son los requisitos para entrar desde hoy en España tras la apertura de las fronteras

Los viajeros que acrediten haber sido inmunizados 14 días antes con la pauta completa de alguna de las 6 vacunas podrán entrar en el país

Llegada de vuelos procedentes de Alemania este viernes en el aeropuerto de Son San Joan de Mallorca
Llegada de vuelos procedentes de Alemania este viernes en el aeropuerto de Son San Joan de MallorcaCATI CLADERAEFE

A partir de este lunes, 7 de junio, España permitirá la entrada al país a los viajeros que acrediten haber sido inmunizados 14 días antes con la pauta completa de alguna de las seis vacunas Covid: las de Pfizer, Moderna, AstraZeneca y Janssen, autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento (EMA), o las chinas Sinopharm y Sinovac-Coronavac, respaldadas por la OMS.

Así consta en la orden publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), elaborada por los ministerios de Sanidad e Interior, encargados del control sanitario y de fronteras.

Según la citada normativa, se podrá acceder a nuestro país con el Certificado de Vacunación o de Recuperación y se amplían las pruebas diagnósticas que se aceptarán, sumando a las PCR, las de antígenos.

Las pruebas diagnósticas de infección para SARS-CoV-2 admitidas serán las de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT), utilizadas para detectar la presencia del ácido ribonucleico (ARN), y los test de antígeno incluidos en la lista común de test rápidos de detección de antígeno para la Covid-19, publicada por la Comisión Europea.

Se aceptarán como válidos los certificados de prueba diagnóstica de infección activa de la Covid-19 con resultado negativo expedidos en las 48 horas anteriores a la llegada a España.

Cualquiera de los tres certificados citados deberá estar redactado en español, inglés, francés o alemán y, si no es posible obtener el original en alguno de estos idiomas, el documento acreditativo deberá ir acompañado de una traducción al español realizada por un organismo oficial.

Las personas que quieran acceder a España tendrán que cumplimentar, como hasta ahora, el formulario de control sanitario a través de la aplicación Spain Travel Health (SpTH).

Además, aquellos que procedan de un país o zona de riesgo tendrán que adjuntar la documentación correspondiente a alguno de los certificados o pruebas mencionadas anteriormente.

Estas zonas de riesgo, disponibles en la web del Ministerio y en la de SpTH, se actualizan semanalmente. Asimismo, en los puertos y aeropuertos se establecerán dos puntos de control.

Quienes procedan de países o zonas no incluidas en la relación de países de riesgo tendrán acceso a un control rápido con el código QR obtenido a través de SpTH.

Además, una vez entre en vigor el Certificado Covid Digital UE, quienes sean poseedores de este documento tendrán también acceso a este control rápido.

Por otro lado, quienes procedan de zonas que sí están incluidas en la relación de países de riesgo tendrán que someterse a un control documental de manera aleatoria, que tendrá en cuenta su lugar de procedencia y el nivel de incidencia.

Estos trámites serán obligatorios para toda persona cuyo destino final sea España, así como para aquellos que se encuentren en tránsito. Estos últimos no serán sometidos a control, pues la finalidad en este caso es aumentar la trazabilidad internacional del virus.

Estarán exentos de estos trámites todas las personas menores de 6 años.

Veto a Brasil, India y Sudáfrica

El Gobierno ha prorrogado hasta el próximo 22 de junio la limitación de los vuelos directos entre Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles, y hasta el próximo 26 de junio la cuarentena obligatoria a los viajeros procedentes de India por el impacto de la variante india y las “evidencias” en torno a la misma.

Según lo previsto en los acuerdos, desde Brasil y Sudáfrica solo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.

La orden expresa la preocupación del Ejecutivo por la extensión de la variante brasileña, así como por sus posibles efectos sobre la transmisibilidad de la enfermedad y la capacidad de neutralización de los anticuerpos. Además, la variante de Sudáfrica preocupa por su alta prevalencia en el país, motivada por su alta capacidad de trasmisión, lo que “justifica el mantenimiento de la medida”.

En cuanto a los viajeros procedentes de la India, deberán guardar cuarentena durante los diez días siguientes a su llegada o durante toda su estancia en España si esta fuera inferior a ese plazo. Este periodo podrá finalizar con anterioridad, si al séptimo día a la persona se le realiza una prueba diagnóstica de infección aguda con resultado negativo.