La Palma

Erupción en La Palma: Los propietarios de los terrenos cubiertos por la lava no podrán volver a edificar sobre ellos

El terreno que la lava del volcán de Cumbre Vieja en la isla de La Palma gane al mar será automáticamente dominio público marítimo terrestre

El experto vulcanólogo del Ilustre Colegio de Geólogos, José Luis Barrera, explica que los terrenos privados que queden debajo de la colada volcánica, tras la erupción del volcán, seguirán siendo de sus propietarios. “Solo será automáticamente del Estado el nuevo terreno que se genere si la lava llega al mar. Entonces ese terreno será de dominio público”, precisa.

Sin embargo, los dueños de las propiedades sepultadas ya no podrán volver a construir sobre ellos. ¿Por qué, si los terrenos siguen siendo de su propiedad? Pues porque, a no ser que se modifique lo que es patrimonio geológico o histórico, lo más probable es que estas hectáreas engullidas por el volcán serán declaradas zona protegida.

Asimismo, el geólogo precisa que la Ley del Suelo en vigor establece que la utilización de los terrenos con valores ambientales, culturales, históricos, arqueológicos, científicos y paisajísticos que sean objeto de protección por la legislación aplicable, quedará siempre sometida a la preservación de dichos valores, y comprenderá únicamente los actos de alteración del estado natural de los terrenos que aquella legislación expresamente autorice.

De este modo, comenta que ahora está en el tejado de las administraciones qué hacer con estas propiedades, si intercambian los terrenos a sus propietarios con otros nuevos, si construyen una nueva aldea o pueblo para reubicar a los afectados, en definitiva, señala que queda un proceso “complejo” por delante.

A su juicio, lo más “barato” es construir una pequeña aldea nueva, con casas nuevas y que se otorguen metros cuadrados similares a los que tenían previamente los propietarios.

Si bien, advierte: será muy importante determinar dónde se establece de nuevo la población porque “al lado del Cumbre Vieja saldrá otro volcán”.“Esta no va a ser la última erupción, puede volver a producirse dentro de, por ejemplo, 20 años, porque el manto terrestre está muy cercano a la superficie, a unos 15 kilómetros de profundidad”, insiste Barrera, que compara la distancia al manto terrestre en las islas occidentales de Canarias con, por ejemplo, los sistemas volcánicos del Campo de Gibraltar, donde la corteza terrestre es de unos 35 kilómetros de espesor.

Terreno ganado al mar

En lo que se refiere al terreno que la lava del volcán de Cumbre Vieja en la isla de La Palma gane al mar, éste será automáticamente dominio público marítimo terrestre, es decir, propiedad del Estado, mientras que las propiedades sepultadas en tierra firme por la colada magmática seguirán siendo privadas. No obstante, el Estado está obligado a proteger este nuevo bien que forma parte del patrimonio geológico y por tanto sujeto a la Ley de Patrimonio Natural y la Biodiversidad, de modo que este podrá o no expropiar tales propiedades.

De acuerdo con la Ley de Costas, pertenecen al dominio público marítimo terrestre estatal los terrenos o islas que estén formadas o se formen por causas naturales en el mar territorial o en las aguas interiores de los ríos, hasta donde se hagan sensibles las mareas. Por tanto, estos terrenos que previsiblemente ganará el dominio público marítimo terrestre serán inalienables, imprescriptibles e inembargables.

En tanto en cuanto estos bienes son públicos, la Constitución Española establece asimismo que tanto la zona marítimo-terrestre, igual que las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental, están regulados por la Ley de Patrimonio del Estado y el Patrimonio Nacional para su administración, defensa y conservación.

Del mismo modo, en el marco de la Ley de Patrimonio Natural y la Biodiversidad de 2007,las nuevas formaciones geológicas forman parte del patrimonio, de modo que se establece la obligación de su protección con alguna de las distintas figuras.

En concreto, reconoce el valor patrimonial de la variedad de elementos geológicos, incluidos rocas, minerales, fósiles, suelos, formas del relieve, formaciones y unidades geológicas y paisajes que son el producto y registro de la evolución de la Tierra; así como las formas geológicas únicas, de especial importancia científica y que son representativos de la historia evolutiva geológica.

Del mismo modo, incluye como parte del patrimonio geológico a las formaciones y estructuras geológicas, formas del terreno, minerales, rocas, meteoritos, fósiles, suelos y otras manifestaciones geológicas que permiten estudiar el origen y evolución e la Tierra así como sus paisajes.

Sin embargo,