Guerras

¿Un seguro de hogar cubre los desperfectos producidos por un conflicto armado?

En España existe un organismo público que sirve de apoyo a las aseguradoras, y que compensa a los ciudadanos en algunas situaciones catastróficas:

Vista de una calle tras un bombardeo ruso en Kharkiv, Ucrania, el pasado 1 de marzo de 2022 | Fuente: EFE/Sergey Dolzhenko
Vista de una calle tras un bombardeo ruso en Kharkiv, Ucrania, el pasado 1 de marzo de 2022 | Fuente: EFE/Sergey DolzhenkoSERGEY DOLZHENKOAgencia EFE

La historia de las aseguradoras es muy prolija y muy rica en ejemplos. Podemos encontrar pólizas de seguros en la Babilonia de Hammurabi, en el Antiguo Egipto, en Grecia, en Roma, (...). Sin embargo, tendríamos que avanzar hasta la primera mitad del siglo XX para encontrar la verdadera consolidación de los seguros como uno de los elementos básicos para el funcionamiento de la economía, tanto de particulares como de empresas. En esta época, las empresas de seguros experimentaron un notable crecimiento ofreciendo protección frente a -casi- cualquier circunstancia que pudiera generar un daño en aquello que estaba asegurado.

Sin embargo, a medida que los desarrollos armamentísticos fueron aumentando su potencial destructivo, quedó claro que incluir en los términos de la póliza los daños causados por un conflicto bélico, era absolutamente insostenible. Este condicionante es lo que se conoce como “cláusula de exclusión de guerra”, y sostiene que la responsabilidad de la destrucción bélica no puede recaer sobre los hombros de las aseguradoras.

Una mujer camina delante de unos coches quemados en un puente de Irpin (Ucrania) | Fuente: Diego Herrera / Europa Press
Una mujer camina delante de unos coches quemados en un puente de Irpin (Ucrania) | Fuente: Diego Herrera / Europa PressDiego HerreraEuropa Press

Es una disposición que surgió durante la Guerra Civil Española (1936- 1939), porque durante este conflicto entró en escena una nueva forma de hacer la guerra, que incluía bombardeos a gran escala sobre población civil... una estrategia sumamente devastadora tanto para personas como para inmuebles. Y después de ver lo que era capaz de hacer la artillería, quedó claro que cualquier empresa que tratase de cubrir los desperfectos -simplemente- se iría a la quiebra. Y además, tampoco sería capaz de cubrir todos los daños.

Actualmente, hay algunos sectores donde las pólizas sí que tienen presente los riesgos de un eventual conflicto armado. Buen ejemplo de ello es el caso del transporte marítimo, que es un sector especialmente vulnerable a este tipo de situaciones. Pero en la gran mayoría de ramos del sector, no se contemplan estos riesgos. Y por ese motivo, en los contratos generales con las aseguradoras no está estipulada ninguna compensación por las propiedades perjudicadas por un conflicto armado.

Ahora bien, hay algunas situaciones extraordinarias en las que los españoles sí que podríamos ser indemnizados por la pérdida o por los desperfectos... más allá de lo contemplado en el contrato con la aseguradora. En España existe un organismo público único en el mundo, que depende del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y que sirve de apoyo a las empresas de seguros, para compensar a los ciudadanos en algunas situaciones catastróficas:

Consecuencias de un bombardeo nocturno en una zona residencial de Kiev, Ucrania, el 25 de febrero de 2022 | Fuente: EFE / Sergey Dolzhenko
Consecuencias de un bombardeo nocturno en una zona residencial de Kiev, Ucrania, el 25 de febrero de 2022 | Fuente: EFE / Sergey DolzhenkoSERGEY DOLZHENKOAgencia EFE

El Consorcio de Compensación de Seguros

El Consorcio de Compensación de Seguros se creó después de la Guerra Civil para dar respuesta a las reclamaciones de los privados y de las empresas, y permitió que muchas personas pudieran rehacer sus vidas durante la posguerra.

Con el tiempo, este organismo también fue capaz de dar respuesta a otros grandes siniestros, como el incendio de Santander de 1941, el incendio de Canfranc de 1944, el incendio de El Ferrol de 1944, la explosión de minas de La Marina en Cádiz en el año 1947 o la explosión de polvorín en Alcalá de Henares de 1948.

Lava que avanza por Puerto Naos, a 27 de octubre de 2021, en Puerto Naos, La Palma | Fuente: Europa Press
Lava que avanza por Puerto Naos, a 27 de octubre de 2021, en Puerto Naos, La Palma | Fuente: Europa PressEuropa PressEuropa Press

Y a partir de 1954, cuando el organismo público ya había probado ser capaz de responder a circunstancias extraordinarias e imprevistas, la iniciativa adquirió un carácter permanente. Esencialmente, este organismo público sirve de apoyo a las aseguradoras y cubre los gastos de compensación a los propietarios en situaciones extraordinarias e imprevistas, como las catástrofes naturales.

Cada vez que contratamos una póliza en nuestro país, no solo estamos pagando por una garantía de que la compañía de seguros correrá con los gastos contempladas por el contrato; sino que también estamos pagando un recargo obligatoriodestinado a este fondo común. Y con este dinero, y con sus rendimientos financieros, el Consorcio atiende las necesidades extraordinarias causadas por diferentes siniestros.

El último ejemplo que podemos reseñar de la actuación de este ente público se dio tras la erupción del volcán de La Palma, que provocó que cientos de viviendas se vieran seriamente afectadas. En aquella situación, el Consorcio de Compensación de Seguros destinó millones de euros para indemnizar a los propietarios afectados.

La lava destruye casas en el barrio de La Laguna en la isla canaria de La Palma, el pasado jueves 21 de octubre de 2021 | Fuente: Foto AP/Saúl Santos
La lava destruye casas en el barrio de La Laguna en la isla canaria de La Palma, el pasado jueves 21 de octubre de 2021 | Fuente: Foto AP/Saúl SantosSaul SantosAgencia AP

¿Qué casos cubre el Consorcio de Compensación de Seguros?

El Consorcio solo responderá a las solicitudes de aquellos afectados que dispongan de una póliza en vigor, que cubra los bienes materiales y personales reclamados. Y siempre y cuando la causa del daño esté contemplada en el Estatuto Legal del CCS y en el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios.

Dentro de estos riesgos extraordinarios se engloban catástrofes naturales, como las inundaciones y embates de mar, los terremotos y maremotos, las tempestades de viento de más de 120 km/h y los tornados, así como las erupciones volcánicas.

Así como algunas catástrofes derivadas de la acción humana, como atentados terroristas, tumultos populares, rebeliones o sediciones; y aquellos derivados de la actuación de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempos de Paz. Sin embargo, los daños producidos por la guerra no se encuentran en dicha relación de casos, por lo que no son susceptibles de ser indemnizados por el Consorcio de Compensación de Seguros.

Bomberos ucranianos tratan de apagar un fuego en un edificio de viviendas de Kiev | Fuente: EFE/ Sergey Dolzhenko
Bomberos ucranianos tratan de apagar un fuego en un edificio de viviendas de Kiev | Fuente: EFE/ Sergey DolzhenkoSERGEY DOLZHENKOAgencia EFE

Esta clausula queda perfectamente detallada en el artículo 6 del Estatuto Legal del organismo, que se refiere a los daños que no están amparadas por la cobertura del Consorcio. Allí, se establece que los daños o siniestros “producidos por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra” no son susceptibles de ningún tipo de indemnización.