Atención

Ley de bienestar animal: estas son las infracciones y sanciones que contempla la nueva ley

La nueva Ley de Bienestar Animal distingue entre sanciones leves, graves y muy graves con multas de hasta 200.000 euros, también se contemplan las penas de cárcel

Un perro refrescándose del calor
Los dueños de perros tendrán que realizar un curso obligatorio de formaciónPixabay

Con la nueva Ley de Bienestar Animal, que entra en vigor a partir del 29 de septiembre, se introducen muchos cambios que todos los dueños de perros, gatos y otros animales deberán de tener en cuenta para evitar posibles infracciones y sanciones.

En primer lugar, y del cambio más sustancial del que todo el mundo habla, es que todos los dueños de perros, independientemente de su raza, tendrán que realizar un curso formativo gratuito y contratar un seguro de responsabilidad civil. Los dueños tienen un plazo de dos años para realizar el curso obligatorio. Si en ese periodo deciden no sacarlo y tampoco han contratado el seguro pertinente, se podrán enfrentar a multas que van desde los 500 euros a los 10.000.

La Ley de Bienestar Animal distingue entre sanciones leves, graves o muy graves

Para la nueva Ley de Bienestar Animal, serán infecciones leves permitir que los animales estén en espacios públicos sin supervisión, así como dejarlos atados solos. No esterilizar a los animales que puedan estar en contacto con otros externos, como por ejemplo, en el caso de los gatos que anden fuera de casa, también será una falta leve. Dejar solos en casa a los gatos durante más de 3 días o a los perros más de 24 horas también supondrá una multa, así como aquellos que les dejen cerrados solos en el interior de un vehículo. Todas estas sanciones leves, junto con la de no realizar el curso obligatorio o no contratar el seguro de responsabilidad civil, pueden acarrear multas de entre 500 y 10.000 euros.

Las infracciones graves pueden ser multadas con importes desde los 10.001 euros hasta los 50.000 euros. Se sancionará como infracción grave a aquellos que no hayan identificado a sus animales con microchip, a los que críen y comercien con animales silvestres no autóctonos, a los que utilicen a los animales como premios en concursos o rifas y a los que no comuniquen la pérdida o robo del animal dentro de las primeras 48 horas.

De la misma manera, serán infracciones graves usar métodos agresivos en su educación, abandonos, robos, administración de sustancias no prescritas, envío de animales vivos, mutilaciones o modificaciones corporales no autorizadas y retirada o reubicación de gatos comunitarios. Así mismo también se multará a aquellos que tengan de forma permanente a perros o gatos en espacios confinados.

La tenencia de más de una infracción grave en menos de tres años, puede pasar a considerarse una infracción muy grave.

Las infracciones muy graves se multarán con sanciones desde los 50.001 a los 200.000 euros. Serán sancionados por tanto, aquellos que le hagan la eutanasia a animales con medios inadecuados o personal no cualificado, aquellos que adiestren a sus animales para peleas, aquellos que usen animales de compañía para consumo humano o los que maten a gatos comunitarios fuera de los casos autorizados. También serán penados la cría y venta de animales de aquellos que no tengan licencia, la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales y el uso de animales en circos o ferias.

A este tipo de sanciones, hay que añadirles aquellas que supongan una lesión o la muerte del animal. Pues estas podrán ser castigadas con ingreso a prisión de 3 a 12 meses si el animal no muere o de 6 a 18 meses si ha muerto.