Agresión sexual

Pena de 4 años de cárcel por violar a una menor ebria en Girona

La sentencia considera que "no podía prestar un consentimiento válido"

La Audiencia de Girona
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La Audiencia de Girona ha condenado a cuatro años de cárcel a un vecino de Sant Feliu de Guíxols que, en mayo de 2019, violó a una menor afectada por el consumo de alcohol y drogas por lo que, según el tribunal, “no podía prestar un consentimiento válido”.

La Fiscalía pedía para J. A., que en el momento de los hechos tenía 46 años, una pena de siete años y medio de prisión.

La sentencia de la sección tercera, de la que ha sido ponente la magistrada Sonia Losada, considera probado que, mientras la joven estaba invitada en casa del acusado, éste se aprovechó de que ella no tenía capacidad para percibir ni darse cuenta de lo que sucedía, por el previo consumo de alcohol y drogas”.

Así el tribunal rechaza la versión exculpatoria que dio el acusado en la vista oral celebrada el pasado 15 de marzo, que aseguró que mantuvieron relaciones sexuales consentidas.

En sus declaraciones en el juicio, procesado y víctima apuntaron que, la noche del 24 de mayo, habían coincidido de fiesta en Sant Feliu de Guíxols y que, junto con otras personas, decidieron “tomar la última copa” en casa del ahora condenado.

Después de la marcha de los otros invitados, el acusado violó a la menor, que según los análisis médicos, había consumido sustancias estupefacientes y no podía “prestar un consentimiento válido”, según el tribunal.

Una de las amigas de la víctima intentó contactar con ella y, al no localizarla, avisó a los padres de la joven, que la encontraron según la madre “tumbada y tapada con una manta, absolutamente dormida y en estado como inconsciente”.

Al despertarla para llevarla a su casa vio que tenía el pantalón puesto del revés y que estaba “ida, confundida y desorientada”, por lo que denunciaron los hechos.

La joven declaró que ¿no recuerda nada¿ desde que la amiga se marchó del piso hasta que acudieron a la comisaría de los Mossos d’Esquadra.

La Sala concluye que la declaración de la víctima, de los testigos, el hallazgo del ADN del acusado en la menor y los resultados de los análisis son pruebas que concluyen que ¿los hechos transcurrieron tal y como explica la denunciante”.

Aparte de a los cuatro años de prisión, la Audiencia condena a J.A. a cinco años de libertad vigilada, a indemnizar a la víctima con 9.000 euros por el daño moral y le prohíbe acercarse a menos de quinientos metros de ella durante cinco años.