Política

El Supremo obliga a la Agencia Antifraude a entregar al PP una documentación sobre las ayudas al valenciano

Los populares exige los informes que están relacionados con las empresas del hermano de Ximo Puig

El director de la Agencia Valenciana Antifraude, Joan Llinares
El director de la Agencia Valenciana Antifraude, Joan Llinareslarazon

El Tribunal Supremo ha emitido una providencia que obliga a la Agencia ValencianaAntifraude a que entregue al Partido Popular unadocumentación referente a las ayudas del valenciano concedidas a las empresas del hermano del presidente de la Generalitat, Ximo Puig.

Así lo ha anunciado la portavoz adjunta al PP, Eva Ortiz, que ha explicado que fue la Generalitat valenciana la que recurrió la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana y que ya ordenó a la Agencia Antifraude que entregara esta documentación.

El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por Antifraude y le condena a pagar 2.000 euros en concepto de costas.

Ortiz ha remarcado que hay tres solicitudes más que se encuentran en la misma situación y espera que no haya que llegar al Tribunal Supremo para obtener la documentación.

Se refiere a otras ayudas relacionadas también con los hermanos Puig en materia de agricultura y también a los datos de incidencia de la Covid en las residencias durante la primera ola.

Ortiz ha recordado que el PP ha presentado 130 recursos por denegación de documentación, agrupados en 70, ytodos los procedimientos han resultado hasta ahora favorables al PP. En algunos se han dictado condenas contra el Consell por negarse a entregarlas por ser un derecho constitucional yen el resto, el Consell ha acabando reconociendo el derecho después de que el TSJCV les hubiera requerido que diesen la documentación para evitar la condena.

El PSPV: “Es el rejón de muerte de la Agencia”

El síndic del PSPV-PSOE en Les Corts, Manolo Mata, ha asegurado que la esta decisión del Tribunal Supremo supone un “rejón de muerte” para esta institución, porque ya no podrá desarrollar su trabajo con discreción y podrá ver “reventadas” todas sus investigaciones. Lejos de admitir que pueda producirse falta de transparencia, ha afirmado que es como “si la Policía tuviese la obligación de informar sobre lo que investiga, pierde todo su sentido”.

Investigación en curso

La Agencia Valenciana Antifraude ha explicado que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana estimaba que la petición del PP de acceder a la documentación de un expediente de investigación “abierto y en curso” relativo a presuntas conductas de corrupción podrían afectar al ámbito de otro grupo político distinto.

Así, ha defendido que la sentencia “no es firme todavía y habrá que esperar al dictamen de la instancia judicial”, ya que el Supremo ha señalado que a su entender no hay normas estatales infringidas, por lo que ha derivado la decisión a la Sala Especial de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV.

Desde la Agencia Valenciana Antifraude han explicado que la Sala Especial deberá entrar a analizar si ha existido o no infracción de la normativa autonómica e incluso de la jurisprudencia del propio TSJCV, el cual ya ha determinado que los parlamentarios de Les Corts no tenían derecho de acceso cuando requirieron de Hacienda el plan de control tributario que tiene carácter reservado.

También la Ley 11/2016 que creó la Agencia Valenciana Antifraude estableció, “en aras al buen fin de las investigaciones”, la confidencialidad y reserva de sus actuaciones de investigación en curso, y también la protección de la identidad de los denunciantes que no se puede revelar sin su consentimiento expreso, lo que viene reforzado por la Directiva (UE) 2019/1937 de protección de los denunciantes, remarcan desde la AVAF