Coronavirus

ERTE

Yolanda Díaz fulmina los ERTE por fuerza mayor

Solo podrán presentarse por causas económicas, organizativas o de producción. Los trabajadores no esenciales están obligados a quedarse en casa cobrando un permiso retribuido recuperable

Ya es oficial. Todos los trabajadores que no sean reconocidos como esenciales están obligados a quedarse en casa. La ministra portavoz y de Hacienda, María Jesús Montero, junto a la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunciaron que, «hasta el 9 de abril quedan suspendidas todas las actividades empresariales no esenciales para frenar la propagación del Covid-19». Según este nuevo decreto ley, los trabajadores afectados por esta nueva disposición recibirán un permiso retribuido recuperable, que cubrirá el cien por cien de su salario, aunque una vez que se levante el Estado de Alarma tendrán que recuperar las horas perdidas. El Gobierno quiere reducir la movilidad y paralizar la actividad económica que no esté directamente relacionada con la producción de material sanitario o para el mantenimiento de las necesidades básicas de la población. De forma secundaria, también se pretende recortar al máximo los desplazamientos para evitar la tentación de trasladarse a segundas residencia durante las jornadas festivas de la Semana Santa. «Debemos convertir todos los días de las dos próximas semanas en domingos, para reducir al máximo la movilidad», reiteró la titular de Trabajo.

Aunque Díaz intentó dejar claro que este nuevo decreto no cierra la puerta a que las empresas puedan seguir presentando sus expedientes de regulación y solicitando las prestaciones correspondientes a sus trabajadores –«las empresas que se vean obligadas a cesar en su actividad pueden presentar un ERTE si lo necesitan», aseguró Díaz–, los expertos legales consultados por LA RAZÓN y asociaciones de autónomos como ATA entienden que se ha producido una suspensión «de facto» de los ERTE. «Si el Gobierno no ha suspendido por ley toda la actividad empresarial en su totalidad, la única posibilidad que le queda a empresarios y autónomos con trabajadores a su cargo es mandarlos a casa con su sueldo íntegro o presentar un ERTE por causas económicas, organizativas o de producción, quedando descartado el de fuerza mayor, que era el que el Gobierno pretendía generalizar para que los trabajadores y las empresas tuvieran las mejores condiciones. Eso sí, no tendría carácter retroactivo, por lo que los ceses de actividad anteriores a hoy tendrían un resquicio para ser presentados.

Díaz, tras reiterar que todos los trabajadores de actividades no esenciales tienen «la obligación de quedarse en casa» las dos próximas semanas, enumeró los casos en los que esta medida no tendrá efecto. En concreto, no podrán acogerse al permiso retribuido los trabajadores que estén desarrollando su actividad profesional en los sectores denominados esenciales, como el personal sanitario, fuerzas de seguridad, distribuidores de abastecimientos básicos, entre otros, ni sobre los que ya están teletrabajando desde sus propios domicilios. Tampoco los trabajadores que se encuentran de baja médica o por maternidad y paternidad, por incapacidad temporal o los que han sufrido expedientes de regulación temporal. Si algún trabajador se encuentra en situación de reducción de jornada, el permiso se aplicará en el porcentaje de la jornada no afectada por el expediente y se recuperarán las horas correspondientes a esa parte.

El periodo temporal de este permiso retribuido se extenderá desde hoy, 30 de marzo, hasta el 9 de abril inclusive. En total ocho días laborables, ya que hay que tener en cuenta los festivos de Semana Santa. Durante estos días deberán respetar el parón y el confinamiento obligatorio los trabajadores no esenciales, pero las horas perdidas durante estas dos semanas deberán ser recuperadas de forma «paulatina y espaciada en el tiempo», aunque cada empresa tendrá que negociarlo con sus plantillas. Pero todas las horas deberán estar recuperadas antes del 31 de diciembre de este año. En este periodo se mantendrán vigentes todas las obligaciones de empresas, autónomos y trabajadores de pago de las cuotas y demás conceptos de recaudación conjunta.

El real decreto-ley tuvo que ser corregido de urgencia durante el día tras la lagunas detectadas en su texto. En este sentido, se ha incluido una moratoria de un día para los empleados sujetos al permiso que tengan que realizar tareas necesarias para la interrupción adecuada de la actividad, como puede ser el caso de algunas industrias u obras de construcción, por lo que podrán hoy ir a trabajar para acometerlas. Las empresas obligadas a parar también podrán fijar un mínimo de personal para la actividad “indispensable”, que podrá ser equivalente al personal de fin de semana o de un festivo. La norma también establece que los transportistas que se encuentren realizando un servicio no incluido en el decreto en el momento de su entrada en vigor hoy, iniciarán el permiso retribuido recuperable una vez finalizado dicho servicio, incluyendo como parte del servicio, en su caso, la operación de retorno correspondiente.