Interior
Vox vincula el cese de Pérez de los Cobos al malestar de Iglesias con la Guardia Civil por la vigilancia de Galapagar
El entonces vicepresidente logró que la Benemérita fuera sustituida por la Policía
La querella que ha presentado VOX por obstrucción a la Justicia, represalias y prevaricación, a raíz de la sentencia favorable al coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos, no sólo va dirigida contra el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, sino contra el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez; y la directora general de la Benemérita, María Gámez, cuya declaración, ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo se solicita.
En la querella, se subraya un dato que estuvo presente en aquellos momentos y que concluyó con la sustitución de la Guardia Civil por la Policía en la vigilancia perimetral del chalet que el matrimonio Iglesias-Montero tienen en la localidad madrileña de Galapagar. El malestar del ahora ex vicepresidente, según distintas fuentes, era patente con la actuación de los agentes de la Comandancia de Madrid, que entonces mandaba Pérez de los Cobos. La realidad es que fueron numerosas las propuestas de sanción que formuló la Benemérita contra algunos de los que se manifestaban durante aquellos días en los alrededores de la casa y que el matrimonio, ni sus hijos, estuvieron en ningún momento sin la seguridad necesaria.
Por lo que se refiere a los testimonios, se pide que comparezcan el propio Pérez de los Cobos; los generales de la Guardia Civil, Fernando Santafe Soler; y Laurentino Ceña Coro; y Francisco Javier Carmena Lozano, Secretario General Técnico de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid. En el caso de los militares, ambos estuvieron relacionados, por cambio de destino o dimisión, con el cese del citado coronel, en un asunto que causó un amplio malestar en el seno del Cuerpo. El testimonio de Ceña, en la tramitación de la querella de Cobos, fue fundamental, según fuentes jurídicas.
Vox solicita también que el Ministerio de Interior aporte todo el expediente administrativo tramitado para acordar el cese del coronel Pérez de los Cobos; el expediente de cese; que se solicite al Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Diligencias previas 607/2020, para que remita los informes solicitados y enviados por la Guardia Civil con motico de las manifestaciones del 8-M en marzo de 2020; y de las advertencias de confidencialidad y sigilo realizadas a la Guardia Civil por dicho Juzgado. Finalmente, que se le ofrezcan acciones a Pérez de los Cobos.
En la que querella se subraya que ha quedado acreditado que el cese fue una decisión injusta y arbitraria a “sabiendas de su injusticia e ilegalidad flagrante”.
“Debemos llamar la atención sobre el testimonio del testigo, Don Laurentino Ceña, (entonces DAO) que, según manifestó ante el magistrado, pidió parar el cese de de los Cobos para llevar a cabo investigaciones sobre las circunstancias y que el interesado pudiera aducir en su defensa, petición que fue rechazada aduciendo que “la decisión estaba tomada por Moncloa y se le iba a cesar””.
“El coronel no solo fue apartado de su puesto tras negarse a informar de las investigaciones que llevaban a cabo los hombres a su cargo en la causa sobre la manifestación del 8-M. También se vetó posteriormente su ascenso a general pese a sus méritos, de los que se dan cuenta también en el expediente disciplinario, podrían apuntar un posible delito de los contemplados en el artículo 173 CP, considerando que, haciendo uso de su prevalimiento, han menoscabado su integridad moral”.
Recuerda con respecto a la petición que se hizo al coronel para que facilitase información de la marcha de las investigaciones que “ni el contenido del informe, ni siquiera su conocimiento a espaldas de la actuación de la jueza ordenante del mismo pueden admitirse por parte de ningún funcionario público y mucho menos de los responsables del Cuerpo. El intento de variar su contenido y siquiera el intento de conocer el mismo con antelación a que la jueza lo acordase constituyen ilícitos penales que deberán ser investigados”.
En otro apartado, subraya que “en el caso que nos ocupa no sólo se ha obrado con intimidación, con amenaza de un mal futuro que sería aplicable al sucesor en el cargo, sino que hicieron efectivas las mismas, con la fulminante destitución del coronel responsable del Departamento que tenía que emitir el informe”.
“La acción que se pretendía modificar, la emisión del informe, no se consiguió, aunque como ha dejado indicado el Tribunal Supremo “El delito se consuma con la conducta atentatoria, sin que sea preciso el resultado lesivo”.
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