Caso abierto

Nacho Vidal será juzgado por la muerte de José Luis Abad en el ritual del sapo bufo

El exactor porno deberá responder por dos delitos: uno de homicidio por imprudencia y otro contra la salud pública

La Audiencia de Valencia ha dictado un auto por el que reabre el proceso contra el exactor porno Nacho Vidal y determina que debe ser juzgado por la muerte del fotógrafo José Luis Abad en su casa de Enguera. El fallecimiento se produjo en julio de 2019, durante la celebración del conocido como "ritual del sapo bufo".

Según publica el diario "Levante", el auto emitido por la sección tercera de la Audiencia de Valencia, que corrige el archivo provisional dictado por la jueza de Xàtiva el año pasado, estima que Ignacio Jordà (Nacho Vidal) deberá sentarse en el banquillo para responder por dos delitos: uno de homicidio por imprudencia y otro contra la salud pública.

La operación, por la que en marzo de 2020 fueron detenidas tres personas (Nacho Vidal, su prima segunda y un ayudante que se encargaba del mantenimiento de la casa), responde al nombre de "Operación Yurta". El tribunal estima que hay indicios suficientes para juzgar al exactor, aunque rechaza que sea juzgado por homicidio doloso, como pretendía el hermano de la víctima. Los indicios son los siguientes:

-Vidal "asume la función de director del rito, que se lleva a cabo en su propio domicilio, atribuyéndose un conocimiento especial sobre esta clase de ‘ceremonias’”.

-Es el exactor "quien dispone la dosis que ha de inhalar el fallecido en una pipeta de cristal, sustancia que, pese a lo que alega en su descargo, no fue llevada por el fallecido, sino que la sacó el propio investigado de un cajón de un mueble de su cocina, tal y como se recoge en la grabación de la cámara de seguridad".

- El tribunal estima que Vidal "conocía la toxicidad de la sustancia que iba a administrar al fallecido (5-Metoxi-N, NDimetiltriptamina (metilbufotenina), y, pese a ello, no adoptó ninguna precaución ni antes ni durante su administración: carecía de formación médica; dispuso la dosis a administrar sin que conste que adoptara medida alguna para medirla o, en su caso, determinar su pureza; no realizó ningún estudio previo (analítico o de anamnesis) para conocer el estado de salud del fallecido; no procuró que en el lugar de la administración hubiera alguna clase de asistencia médica ni procuró recabar una urgente asistencia en cuanto el fallecido perdió el conocimiento".

-Vidal "declaró que conocía la incompatibilidad de la sustancia que iba a administrar al fallecido con la cocaína" y a pesar de ello siguió adelante con "la ceremonia"·.

-Los magistrados resaltan la "evidente carencia de conocimientos médicos por parte del Sr. Jordà y de las personas cuya presencia dispuso para llevar a cabo la ceremonia", que quedó demostrado cuando "habiéndose desmayado el Sr. Abad en cuando inhaló la sustancia, todos continuaron con su ceremonia durante varios minutos hasta que se percataron de que algo podía haberle sucedido".