Covid-19

Los médicos acusan a Escrivá de vulnerar la ley con las bajas

La CESM denuncia que la Seguridad Social les incita a cometer falsedad en documento público al dejar que los partes se den en un mismo acto para un proceso que dura 7 días

Una camarera se dispone a servir en una terraza de un restaurante de Avilés, Asturias (España)
Una camarera se dispone a servir en una terraza de un restaurante de Avilés, Asturias (España)Jorge PeteiroEuropa Press

La multiplicación de las bajas laborales causada por el estallido de contagios de covid en esta sexta ola de la pandemia no frena y agrava cada día más el colapso de los centros de salud en casi toda España. Doce días después de que LA RAZÓN adelantara que los casos de incapacidad temporal asociados a la Covid-19 se habían multiplicado por siete en diciembre con respecto al mes anterior, hasta rozar la cifra de 570.000, la solución improvisada por el Gobierno no sólo no ha corregido de momento el problema sino que, además, está siendo muy cuestionada desde diferentes ámbitos e, incluso, por los principales afectados –junto con los pacientes–, por el colapso: los médicos.

Esta particular crisis cogió prácticamente por sorpresa al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, cuyas estadísticas iniciales quedaron a las pocas horas desfasadas por las difundidas por las mutuas de accidentes de trabajo, que son entidades colaboradoras de la Seguridad Social. El revuelo mediático causado por las mareantes cifras impulsó al titular de esta cartera, José Luis Escrivá, a asegurar que las autonomías podían por sí mismas agilizar la burocracia que sepulta a una atención primaria ya sobrecargada por la atención a los enfermos. ¿Cómo? Haciendo coincidir en un mismo acto el parte de baja y alta por covid, con el fin de que éste se haga automático a los siete días si el enfermo no tiene síntomas y está recuperado de sus dolencias. En un polémico tuit, Escrivá aseguraba que «la posibilidad de emitir la baja y el alta simultánea en un mismo acto por un facultativo ya existe, no requiere ningún cambio normativo y se aplica en algunas comunidades referido a la Covid-19. Es una cuestión que depende de los procedimientos internos de gestión de cada comunidad».

Más tarde, aclaraba en otro tuit que «a lo que me refería, por si no se me entendió bien anteriormente, es que el programa de gestión de bajas permite retener el alta hasta la fecha indicada por el facultativo, en este caso siete días, y en ese momento se transmite al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Como digo, es algo que ya aplican varias autonomías».

Reproducción de la norma que limita a un máximo de cinco días los procesos en los que se puede simultanear alta y baja
Reproducción de la norma que limita a un máximo de cinco días los procesos en los que se puede simultanear alta y bajaAgencia Estatal Boletín Oficial

Las explicaciones del ministro, sin embargo, no han terminado de convencer a algunas de esas autonomías y a los profesionales que deben encargarse de la tramitación y ejercen sepultados por el papeleo. La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) envió el viernes una carta al ministro de Inclusión «para reclamar soluciones que permitan poner fin al colapso que está sufriendo el primer nivel asistencial con la excesiva carga burocrática que supone la gestión de altas y bajas laborales que requieren los positivos por covid asintomáticos».

La organización que preside Tomás Toranzo, mayoritaria en el sector sanitario, cuestiona los argumentos del ministro y que fueron asumidos también por la titular de Sanidad, Carolina Darias. En concreto, rechaza que el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración, y la orden ESS/1187/2015 de 15 de junio amparen la actuación propuesta por el Gobierno.

De forma muy dura, la CESM replica que «la aplicación que se está sugiriendo desde el Ministerio supone una vulneración de la normativa vigente y una incitación a la comisión de un delito por falsedad en documento público».

Los sindicatos médicos recuerda que la orden ministerial sólo permite la emisión de un parte de baja y alta en un mismo acto «para aquellos procesos de duración muy corta, que la propia norma, en su artículo 2.1 a) establece en 5 días», no en los siete que están aplicando algunas autonomías y amparan tanto Seguridad Social como Sanidad.

En este sentido, demandan que «se articulen las medidas necesarias conforme a la norma para poder resolver el grave problema que afecta actualmente al sistema público de salud, que es el colapso en la atención primaria». «No podemos permitirnos alargar más en el tiempo esta situación que afecta a unos profesionales agotados que se ven incapaces de prestar la asistencia sanitaria que requieren sus pacientes», apuntan. Como solución ajustada a derecho, proponen que la emisión de los partes de se realice por los facultativos de las mutuas o servicios de prevención de riesgos laborales.

En una carta anterior, fechada el 12 de enero, el consejero de Sanidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, ya desmentía al ministro, recordándole también que «el Real Decreto 625/2014 establece que, tanto el parte de baja como el de alta han de ser emitidos tras reconocimiento del paciente por parte del médico, lo que requiere al menos dos actos médicos, con una excepción: los procesos muy cortos de Incapacidad Temporal, que son aquellos con una duración entre 1 y 4 días». Los de covid duran siete –es el periodo establecido para las cuarentenas– y, por tanto, no estarían amparados por la normativa.

Al igual que los médicos, el Gobierno de Madrid considera que la emisión de un parte de alta médica más allá de los cuatro días contemplados en el decreto, y retener este parte de alta en un aplicativo informático y no reconocer al paciente «podría contravenir la regulación vigente».

Madrid pide por ello una disposición que otorgue cobertura expresa o, en su defecto, una instrucción o circular interpretativa. La Comunidad coincide también con los médicos en pedir la intervención de los facultativos de las mutuas en los procesos.