Abuso sexual

La Audiencia de Ciudad Real repite el juicio a un acusado que fue absuelto de abusar de una mujer con discapacidad

La justicia juzgará por segunda vez este martes 23 de enero a J.M.M.N, tras ser absuelto de un abuso sexual a una mujer con discapacidad del 65%, del en 2022 y cuya sentencia fue anulada posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha

Audiencia Provincial de Ciudad Real
Audiencia Provincial de Ciudad RealEuropa Press

La Fiscalía presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha al conocerse la absolución del acusado residente en una localidad de la comarca de Cabañeros, anulando este tribunal la sentencia y obligando a la Audiencia Provincial de Ciudad Real a repetir el juicio.

El juicio está previsto que se desarrolle en dos sesiones hasta el miércoles 24 de enero. Además, contará con un nuevo tribunal conformado por tres magistrados diferentes a los del primer juicio, aunque se juzgarán los mismos hechos, con los mismos testigos y pruebas.

El acusado abusó en verano de 2019 de la víctima, una mujer con una discapacidad del 65%, cuando ésta estaba recogiendo moras a las afueras de la localidad donde residían ambos, según el escrito del Ministerio Fiscal.

J.M.M.N se aprovechó de la condición de inferioridad de la víctima y de la buena relación que mantenía con la familia de ella, según reza el escrito fiscal. En este punto, el acusado se llevó a la víctima hasta otra zona, "ofreciéndole moras a la mujer hasta que, en un momento dado, con ánimo de satisfacer sus impulsos libidinosos, introdujo su mano por debajo de los pantalones cortos que vestía, hasta llegar a tocar sus glúteos, a pesar de que la mujer le manifestaba reiteradamente su negativa e intentaba apartarse del acusado, consiguiendo finalmente zafarse, subir a su bicicleta y marcharse del lugar".

La Fiscalía pide para el acusado una pena de nueve años de prisión por un delito de abuso sexual, además de la prohibición de que el acusado se aproxime a la víctima a 500 metros durante un periodo de tiempo superior en cinco años a la pena de prisión que resulte impuesta.