Aerolíneas

¿Puedo reclamar daños morales a una aerolínea por un problema en un vuelo?

Si el vuelo se retrasa más de tres horas o es cancelado sin previo aviso, el pasajero tendrá derecho a una compensación económica

Salidas y llegadas a la T4 del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid Barajas en agosto.
Salidas y llegadas a la T4 del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid Barajas en agostoDavid JarLa Razón

El avión es el medio de transporte que muchos eligen para llegar en apenas unas horas a ese destino soñado, sin embargo, optar por desplazarse por el aire, a veces no puede salir según lo esperado. Cancelaciones de vuelos, overbooking, la pérdida de equipaje o la huelga de controladores aéreos son tan solo algunos de los muchos contratiempos que pueden ocurrir cuando se vuela. En el caso de que el vuelo se retrase más de tres horas o sea cancelado sin previo aviso, el pasajero tendrá derecho a una compensación económica. Pero, ¿qué ocurre si se produce un daño moral? ¿Este se puede reclamar a una aerolínea?

Los daños morales hacen referencia al perjuicio "a bienes o derechos intangibles que causan afección o perturbación en el ánimo o la dignidad de la persona", tal y como explican desde el portal de reclamaciones reclamador.es. Por tanto, los pasajeros que hayan recibido ataques a sus sentimientos en general, creencias, su salud física o psíquica o incluso dignidad podrán reclamarlo. Se considera un daño moral cuando ni el dinero ni otros bienes pueden llegar a repararlo y se tiene en cuenta la "esfera ética" de la persona y el daño psicológico que se ha podido ocasionar.

Sin embargo, este es un concepto muy abstracto, por lo que resulta complicado acreditar que este ha ocurrido y determinar qué indemnización se puede otorgar para poder repararlo. El portal de reclamaciones explica que "existe una gran dificultad para acreditar con respaldo de pruebas este tipo de daño ante el juez, al contrario de lo que ocurre con los daños materiales". Pese a ello, el Reglamento Europeo 261/2004 tiene en cuenta los principales trastornos que ocasionan las incidencias como pérdida de equipaje o el retraso del vuelo que sufren los viajeros.

Daños morales por pérdida de equipaje

Cuando una aerolínea pierde el equipaje de un pasajero, este no solo se queda sin la maleta física, sino que también perderá todo el valor emocional que ella contenía como los recuerdos, las prendas preciadas o algún que otro objeto al que le guardan especial cariño.

La pérdida de la maleta puede ocurrir al irse de vacaciones, por lo que el afectado se quedará sin sus cosas; mientras que si esta se produce a la vuelta, se podrán perder los regalos o productos que ha comprado.

"La valoración de este daño moral necesariamente ha de ser estimativa en las reclamaciones por pérdida de equipaje, aunque no se pueda cuantificar de manera objetiva, y será en cada caso particular, la cantidad a reclamar", tal y como aseguran desde este portal.

Daños morales por la cancelación o retraso del vuelo

Si se produce la cancelación de un vuelo, el afectado puede reclamar una compensación económica que irá desde los 250 hasta los 600 euros, dependiendo de la distancia; al igual que si se retrasa por más de tres horas el vuelo.

Sin embargo, dependiendo de las circunstancias de cada caso en cuestión, esta cancelación o retraso puede ser más grave para el pasajero, por lo que dicho importe podría ser insuficiente. Así, esta persona podría solicitar judicialmente una indemnización adicional por aquellos daños morales ocasionados.

¿Cuándo no se pueden reclamar estos daños?

En el caso de que el vuelo se haya cancelado o retrasado por causas de fuerza mayor, el viajero no podrá reclamar dicho incidente por el daño moral que haya supuesto. Por norma general, aquella circunstancia que afecte a la puntualidad del vuelo y que no sea culpa de la aerolínea, será de fuerza mayor, como la meteorología o incluso huelgas de controladores aéreos.