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Subsidios

El SEPE avisa: los desempleados que no cumplan con este requisito perderán el subsidio

Los beneficiarios de un subsidio tienen una serie de obligaciones que deben cumplir para continuar recibiendo la ayuda

Fachada de una oficina del SEPE, en Madrid (España). Fernando SánchezEuropa Press

Los desempleados de este país cuentan con una serie de alternativas para mantener un ingreso mensual cuándo no tienen la suerte de tener un trabajo. Tanto la Seguridad Social como el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrecen una serie de prestaciones que permiten a los ciudadanos seguir con sus vidas.

Este tipo de prestaciones son muy diferentes entre sí, y dependen de la situación en la que se encuentre cada persona. Desde ayudas por desempleo hasta ingresos por jubilación, estas cuantías son vitales para las personas que se quedan sin ingresos estables.

Una de las ayudas mas recurridas es el subsidio para mayores de 52 años. Se trata de una prestación que está dirigida a aquellas personas mayores de 52 años que tienen dificultades para encontrar trabajo y ya han agotado la prestación o subsidio por desempleo.

Para recibir esta ayuda, es necesario cumplir con una serie de requisitos establecidos en la página web del SEPE. Además, se requieren una serie de obligaciones que, en caso de no ser realizadas, podría suponer la pérdida del ingreso.

El requisito indispensable para mantener el subsidio

Una de las condiciones establecidas por el SEPE sobre esta ayuda es la de acudir a las entrevistas de trabajo. El subsidio trata de dar cobertura a aquellas personas que se encuentran desempleadas, pero uno de los objetivos del Servicio Público de Empleo Estatal es conseguir que el ciudadano tenga un trabajo estable.

Por ello, es un requisito indispensable asistir a cualquier entrevista de trabajo ofrecida si no se quiere perder la prestación.

Requisitos para acceder a la ayuda

Para ser beneficiario del subsidio para mayores de 52 años, es necesario cumplir con una serie de requisitos:

  • Haber agotado el día 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad, una prestación contributiva por desempleo, en este caso, se elimina la exigencia de permanecer inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el plazo de un mes, por lo que la fecha del hecho causante es la del agotamiento de la prestación contributiva.
  • Acreditar situación legal de desempleo el día 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad, habiendo cotizado al menos noventa días.
  • Tener 52 años en la fecha en la que se encuentre en una de las situaciones indicadas en la letra A) anterior.
  • Estar en desempleo total o trabajando a tiempo parcial.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo, y haber suscrito el acuerdo de actividad.
  • Haber cotizado efectivamente en España por la contingencia de desempleo durante, al menos, seis años a lo largo de tu vida laboral.
  • Acreditar, en la fecha de presentación de la solicitud, que cumples el requisito de carencia de rentas propias.

Cuantía mensual

Según aparece reflejado en la página web del Ministerio de Trabajo y Economía Social, la cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Esto supone un total de 480 euros mensuales.

Por su parte, la duración del ingreso será hasta que se alcance la edad ordinaria que se exija para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.

Sanciones en caso de incumplimientos

El SEPE recoge en su web una lista con las infracciones que causarían una sanción. Por ello, si un ciudadano incurre en una infracción, los castigos varían en función de su gravedad. Estas sanciones van desde la pérdida de un mes de la prestación hasta la extinción cautelar de la ayuda.