Normas de tráfico

La DGT requiere que desde hoy lleves esto en el vehículo

La reciente reforma de la ley de tráfico y la DGT han instaurado más medidas que se han probado eficientes para salvaguardar vidas

GRAFCVA9882. MASSANASSA (VALENCIA), 15/04/2024.- Un agente de la Guardia Civil de Tráfico entrega una notificación durante un control de velocidad en la autovía V-31 durante la presentación realizada este lunes de la Campaña DGT sobre Velocidad. EFE/Manuel Bruque
Presentación de la Campaña DGT sobre VelocidadManuel BruqueAgencia EFE

La Dirección General de Tráfico (DGT) no baja la guardia para reducir los accidentes y aumentar la seguridad de los conductores y peatones. Sin embargo, esto aún implica un reto muy grande, pues las cifras de accidentes fatales en carretera son todavía muy altas pese a las medidas para reducirlas.

Con el objetivo de seguir mejorando en el propósito de salvaguardar vidas, la reciente reforma de la ley de tráfico y la DGT han instaurado más medidas que se han probado eficientes, como las sanciones económicas y la pérdida de puntos en el carné de conducir.

Las nuevas multas

Resulta indudable que nadie quiere recibir multas. Por ende, se espera que los conductores teman a aquellas sanciones por exceso de velocidad —la más común y costosa. No obstante, muchas veces no se queda solo en multa, sino que puede conllevar otros efectos como la retirada del permiso de conducir durante cierto tiempo.

Ahora bien, la nueva ley trae consigo nuevas multas y endurece otras de las sanciones existentes, por lo que es importante que los conductores estén al tanto —porque, como bien sabemos, el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.

Eso sí, la escala de las infracciones se mantiene igual: las leves se castigan con multa de hasta 100 euros; las graves, con multa de 200 euros, y las muy graves, con multa de 500 euros.

Muy graves

  • Usar dispositivos electrónicos no autorizados en exámenes para obtener o recuperar el permiso de conducción.
  • Arrojar o dejar en la vía objetos inflamables o que puedan causar accidentes.
  • Incumplir las normas de auxilio o el uso del alcoholímetro antiarranque.

Graves

  • Parar o estacionar en carriles ciclistas.
  • Tener mecanismos de detección de radares o cinemómetros.
  • Conducir con el permiso suspendido.
  • Que un ciclista o motorista use el móvil sujetándolo con la mano o ajustándolo en el casco.

Leves

  • Incumplir la obligación de estar "en todo momento" en condiciones de controlar el vehículo.
  • Que los ciclistas incumplan normas de seguridad vial que no sean muy graves.

Entre los documentos obligatorios ya no se incluyen la póliza de seguro ni el recibo del pago (desde 2008). Los documentos obligatorios, por lo tanto, son el permiso de circulación, el permiso de conducir y la tarjeta de la ITV.