
Polémica sucesión
La Audiencia de Pontevedra concluye que los 68.000 euros que una madre entregó en vida a uno de sus hijos deben sumarse a la herencia
El impacto de las transferencias familiares en la herencia

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha resuelto un caso de sucesiones que enfrentaba a dos hermanos tras el fallecimiento de su madre. En vida, la mujer transfirió 68.000 euros a uno de ellos, cantidad que, tras su muerte, fue reclamada por el otro hermano al considerar que debía formar parte de la herencia. El tribunal le dio la razón.
La disputa surgió a raíz de varias transferencias realizadas antes del fallecimiento que, según el análisis judicial, excedían los gastos domésticos habituales. En un primer momento, el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Pontevedra reconoció como parte de la herencia únicamente 15.657 euros, correspondientes al dinero existente en la cuenta bancaria de la madre en el momento de su fallecimiento.
Antecedentes del caso
Uno de los hermanos denunció que el otro había recibido cantidades importantes, incluida una transferencia de 12.000 euros realizada el mismo día del fallecimiento, y pidió que ese dinero se sumara al reparto entre todos los herederos.
En su resolución, la Audiencia recuerda que los adelantos o entregas de dinero a un heredero no pueden considerarse simples regalos desligados del patrimonio familiar, salvo que estén debidamente documentados y formalizados. En caso contrario, deben integrarse en la herencia para evitar desequilibrios y conflictos posteriores.
Por todo ello, el tribunal ordenó sumar los 68.233 euros a la masa hereditaria para su posterior distribución entre los herederos legitimarios. Esta decisión modifica la contabilización del patrimonio de la causante y pone de relieve la importancia de documentar adecuadamente las transferencias familiares en vida para prevenir litigios en el futuro.
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