Sentencia

Condena histórica por revelación de secretos: dos años de cárcel para Óscar Cornejo y Adrián Madrid por vulnerar la intimidad de Rocío Flores

La Audiencia Provincial de Madrid condena a Óscar Cornejo y Adrián Madrid a dos años de prisión, multa de 200.000 euros e inhabilitación por revelar datos de Rocío Flores cuando era menor

Rocío Carrasco y Rocío Flores
Rocío Carrasco y Rocío FloresGtres

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia histórica contra los productores Óscar Cornejo y Adrián Madrid, a quienes ha condenado a dos años de prisión, dos años de inhabilitación profesional y al pago de una indemnización de 200.000 euros por un delito de revelación de secretos. La resolución judicial considera acreditado que vulneraron de forma grave la intimidad de Rocío Flores al difundir información protegida de cuando era menor de edad. Los hechos se remontan a la emisión del documental 'Rocío, contar la verdad para seguir viva', en el que se revelaron datos procedentes de un expediente judicial de menores relacionado con un episodio vivido entre la joven y su madre, Rocío Carrasco. Aunque inicialmente la denuncia fue archivada por un juzgado de instrucción, la Audiencia Provincial reabrió el caso tras el recurso presentado por la defensa de la afectada. En su fallo, el tribunal subraya que los documentos difundidos "contenían datos de la vida íntima de la perjudicada cuando era menor de edad, que fueron divulgados sin su consentimiento", lo que supone una intromisión ilegítima en su honor, intimidad e imagen. La sentencia recalca que los expedientes de menores gozan de especial protección legal, al tratarse de información reservada y confidencial.

Condena ejemplar a Óscar Cornejo y Adrián Madrid por vulnerar la intimidad de Rocío Flores cuando era menor

La resolución judicial es especialmente contundente al destacar el grave daño moral sufrido, al haberse producido la difusión en horario de máxima audiencia, con una amplia repercusión pública que provocó su estigmatización por hechos ocurridos en plena adolescencia. Para la Audiencia, este daño debe ser resarcido de forma "significativa y relevante", justificando así la elevada indemnización impuesta. En el ámbito de la responsabilidad civil, la sentencia establece que responderán de forma subsidiaria y solidaria tanto la productora La Fábrica de la Tele como La Osa Producciones, así como Mediaset España. El tribunal considera probado que se divulgó información procedente de informes psicosociales, entrevistas familiares y datos del procedimiento sancionador aplicado a la menor en su momento. Por último, la Audiencia advierte que los condenados aún pueden presentar recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en un plazo máximo de diez días. Mientras tanto, esta sentencia marca un precedente clave en la protección judicial de los menores frente a la exposición mediática y refuerza los límites entre el derecho a la información y el respeto a la intimidad.