Tribunales

Absuelven a un hombre que se enfrentaba a 16 años de prisión por violar a su expareja

La declaración de la mujer durante la vista oral "carece de la consistencia, coherencia y corroboración mínima necesaria", señala la Audiencia de Almería

La Audiencia de Almería
La Audiencia de AlmeríaEuropa Press

La Audiencia de Almería ha absuelto a un hombre que se enfrentaba a 16 años de prisión por un delito de agresión sexual con penetración, junto a otro de lesiones en el ámbito de la violencia sobre la mujer, después de que su expareja lo denunciase por violarla.

La sentencia, consultada por EFE, señala que el acusado fue pareja de la denunciante entre mayo y el 19 de noviembre de 2021, así como que un día antes de que se produjese la ruptura de la relación ambos se encontraron sobre las seis de la tarde en el interior del cortijo en el que reside el procesado.

Allí mantuvieron relaciones sexuales, sin que haya quedado acreditado que la mujer se opusiese o que el procesado la agrediese con puñetazos, la golpease en los muslos, le tirase una piedra en la espalda o le dijera que la iba a "tirar a un pozo".

La mujer presentaba lesiones que precisaron de ocho días "sin que haya resultado acreditado que las citadas lesiones sean consecuencia de los hechos denunciados en la presente causa".

Los magistrados afirman que la prueba practicada "no permite alcanzar el nivel de certeza necesario" para condenar al hombre, porque la declaración de la víctima es la "única prueba de cargo", sin que existan otros "indicios" que la corroboren, "amén del parte de lesiones y el informe forense que obra en la causa y que, en un primer momento venían a avalar y sostener la versión de los hechos ofrecida por la perjudicada".

Sin embargo, consideran que la declaración de la mujer durante la vista oral "carece de la consistencia, coherencia y corroboración mínima necesaria para enervar la presunción de inocencia que ampara al acusado".

Sostienen además que en la misma se evidencian "contradicciones, que son de importancia" con lo que había mantenido a lo largo de la instrucción de la causa.

"Como por ejemplo si pidió o no auxilio, afirmando en el plenario que no porque no había nadie mientras en sede de instrucción dice que sí pidió pero que había unos obreros trabajando y había mucho ruido", asegura la sentencia.

Además destaca que, respecto del inicio de la pelea entre ambos y cómo comienza la agresión por parte de él a ella, "también resulta relevante que en el plenario mencione que discutieron a raíz de un teléfono móvil", cuando anteriormente no dijo nada sobre esto.

"Resulta muy contradictorio también que en unas ocasiones afirme que le agredía habitualmente, que no era la primera vez que le pegaba, y en otras diga que se llevaban bien y nunca había tenido problemas antes", añaden, si bien para los magistrados el punto que "más distorsión causa" es que se refiera en su declaración al uso de una botella durante la agresión.

"Es el acusado, al que ella no había podido escuchar (pese a que pudo tener esa información por su letrada), el que afirma en su declaración que ella se produce a sí misma las lesiones con una botella", aseguran.

La abogada de la defensa, Carmen Laura Martínez Rubia, ha asegurado a EFE que tanto ella como el acusado están "muy contentos" del resultado, al lograr "hacer ver al tribunal las importantes contradicciones en las tres declaraciones de la denunciante".

"Esas declaraciones no han sido en ningún momento avaladas por los informes periciales que obraban en la causa", ha aseverado.