
Francia
Un tribunal europeo sentencia que un contrato sadomasoquista "amo-perra" no da carta blanca para abusos
Un fallo histórico que rechaza el "contrato amo-perra" como prueba de consentimiento sexual

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha emitido una sentencia trascendental sobre los límites del consentimiento sexual en contextos laborales de poder desigual. La resolución establece que un documento firmado no garantiza la voluntariedad de las prácticas sexuales y condena a Francia por no proteger adecuadamente a una trabajadora víctima de control coercitivo. La sentencia impone a Francia el pago de 20.000 euros en concepto de daños morales, además de 1.503,77 euros en costas procesales, tras constatar la inadecuada respuesta judicial ante la denuncia de la empleada.
Los hechos acontecieron en un hospital entre 2010 y 2013, donde la víctima, identificada como E.A., fue sometida a una relación sexual no consentida con su superior jerárquico. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) desmonta la interpretación de los tribunales franceses que consideraban el llamado "contrato amo-perra" como prueba de autorización.
Se ha sentado un precedente en el procesamiento de casos de abuso sexual en el trabajo
El TEDH enfatiza principios fundamentales sobre el consentimiento sexual en tanto debe reflejar la libre voluntad en cada momento, ningún documento previo garantiza la validez del consentimiento posterior, y además las circunstancias concretas son determinantes para evaluar la voluntariedad. La sentencia establece un precedente crucial sobre cómo los sistemas judiciales deben abordar casos de abuso sexual en entornos laborales. El tribunal europeo critica expresamente que los jueces franceses otorgaran excesivo peso al documento contractual sin examinar con profundidad las declaraciones de la víctima.
La empleada ha revelado prácticas sexuales realizadas en contra de su voluntad, incluso después de suplicar que se detuvieran. Estos detalles, según el TEDH, requerían una consideración más exhaustiva por parte de la justicia nacional. Por esto, el fallo va más allá de una simple indemnización. Establece un referente jurisprudencial sobre cómo los tribunales nacionales deben valorar los acuerdos escritos relacionados con prácticas sexuales, las denuncias de víctimas en relaciones de dominio y la existencia real de consentimiento. La resolución deja meridianamente claro que una firma en un documento no exime de investigar rigurosamente las circunstancias de cada denuncia de ausencia de consentimiento.
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